SAP Valencia 370/2006, 14 de Junio de 2006
Ponente | JOSE FRANCISCO BENEYTO GARCIA-ROBLEDO |
ECLI | ES:APV:2006:2271 |
Número de Recurso | 191/2006/ |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 370/2006 |
Fecha de Resolución | 14 de Junio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª |
Rollo nº 000191/2.006
Sección Séptima
SENTENCIA Nº 370
SECCION SEPTIMA
Ilustrísimos/as Señores/as:
Presidente/a:
Dª. Mª CARMEN ESCRIG ORENGA
Magistrados/as
D. ª PILAR CERDAN VILLALBA
D. JOSE FCO BENEYTO GARCIA ROBLEDO
En la Ciudad de Valencia, a catorce de junio de dos mil seis.
Visto, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, y siendo Ponente el Magistrado Emérito D. JOSE FCO BENEYTO GARCIA ROBLEDO, el Juicio de desahucio por falta de pago de la renta, y seguido entre partes, al número 191/2.006, en el Juzgado de Primera Instancia número 21 de Valencia; de una, como demandante-apelante, la mercantil "URBYAGRI, S.L.", representada por la Procuradora Dª Laura Lucena Herraez y asistida de la Letrada Dª Pilar Zanón Pardo; y, de otra, como demandada-apelada, Dª Bárbara, representada por la Procurador Dª María José Vivo Soriano y asistida del Letrado D. Oscar Wenceslao Pérez Madrid.
En el expresado procedimiento se dictó sentencia en fecha 28 de noviembre de dos mil cinco, por la Iltma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Veintiuno de Valencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal : "FALLO: "QUE DESESTIMANDO LA DEMANDA INTERPUESTA POR URBYAGRI S.L. CONTRA DOÑA Bárbara, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO AL MISMO DE LAS PRETENSIONES FORMULADAS EN SU CONTRA. LAS COSTAS SERAN SATISFECHAS POR LA ACTORA".- Sentencia, notificada en 1º de Diciembre.
En fecha 13 de Diciembre se presentó escrito, por la parte actora, en anuncio y preparación del recurso de apelación que se proponía interponer en contra de la dicha sentencia.
Y concedido, en fecha 16 de Diciembre, plazo de veinte días para interponerlo en forma; resolución, notificada en fecha 20 de Diciembre, el escrito de formal interposición fue presentado en fecha 19 de Enero; donde se hacían las alegaciones pertinentes, en contra de la sentencia recurrida y en prosperidad del desahucio, y se solicitaba, finalmente, su revocación, para la estimación de la demanda.
Acordado, en fecha 20 de Enero, traslado del recurso, y por término de diez días, a la contraparte, demandada-apelada, a los fines de una eventual oposición al recurso, o en propia impugnación de la resolución recurrida, en lo que le fuese desfavorable; resolución, notificada en fecha 24 de Enero de 2.006; en fecha 9 de Febrero se presentó escrito, por la demandada Sra. Bárbara, en oposición al recurso; donde se hacían las alegaciones convenientes y en apoyo de la sentencia recurrida, terminando por solicitar su íntegra confirmación, con imposición de las costas a la contraparte, por su evidente temeridad y mala fé, sic.-
A su vista, en fecha 14 de Febrero, acordada la elevación de las actuaciones a la Audiencia Provincial, para la resolución del recurso; pero previo emplazamiento de las partes por término de treinta días.
Resolución, notificada en fecha 16 de Febrero.- Y hecha la remisión de los autos originales a la Audiencia Provincial, en fecha 27 del mismo mes.
Repartida la apelación a esta Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Valencia; formado rollo del recurso; personadas en forma ambas partes y designada Magistrada Ponente; el proveído de fecha 17 de marzo de 2.006, acordó señalar el día 10 de Mayo subsiguiente para la deliberación y fallo del asunto.
En cuya fecha han tenido lugar.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales; excepto el término de sentencia, y demorado, ante la acumulación de asuntos en fase de decisión, sobre el Magistrado Ponente.
Y tenida que sustituirse, en la ponencia, a la Magistrada Titular, en su día designada, por el Magistrado Emérito Sr. JOSE FCO BENEYTO GARCIA ROBLEDO, y ante la baja de aquella por enfermedad.
Se aceptan, de la sentencia recurrida, sus Antecedentes Fácticos, en exposición de los planteamientos de las dos partes litigantes en cuanto a la procedencia/improcedencia del desahucio de la demandada y por falta de pago de las rentas de Julio, Agosto y Septiembre de...
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