SAP Valencia 277/2006, 18 de Mayo de 2006

PonenteALEJANDRO FRANCISCO GIMENEZ MURRIA
ECLIES:APV:2006:2158
Número de Recurso196/2006/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución277/2006
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 11ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN UNDÉCIMA

VALENCIA

NIG: 46250-37-2-2006-0001240

Procedimiento: Recurso de apelación Nº 000196/2006- T -

Dimana del Juicio Verbal Nº 000245/2005

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE PATERNA

Apelante/s: Catalina.

Procurador/es.-.

Apelado/s: Iván.

Procurador/es.- EVA Mª LEONOR ROVIRA.

SENTENCIA Nº 277/2006

Iltmos/as. Sres/as.:

Presidente

DON JOSE ALFONSO AROLAS ROMERO

Magistrados/as

DON ALEJANDRO GIMENEZ MURRIA

DON JOSÉ MARÍA LLANOS PITARCH

En Valencia, a dieciocho de mayo de dos mil seis.

Vistos por la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. ALEJANDRO GIMENEZ MURRIA, los autos de Juicio Verbal nº 245/2005, promovidos por D. Iván contra Dª Catalina sobre "Resolución de contrato de arrendamiento por falta de pago", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por Dª Catalina, asistido del Letrado Dña. Mª VICENTA GONZALEZ TOMAS contra D. Iván, representado por la Procuradora Dña. EVA Mª LEONOR ROVIRA y asistido del Letrado Dña. Mª CRISTINA SUBIELA ESCRIBA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE PATERNA, en fecha 27-07-05 en el Juicio Verbal - 000245/2005 que se tiene dicho, dictó sentencia conteniendo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Iván representado por el Procurador de los Tribunales Sra. Leonor Rovira contra Catalina, debo DECLARAR Y DECLARO resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes relativo a la vivienda sita en CALLE000 NUM. NUM000 PTA NUM001 DE BURJASSOT y haber lugar al desahucio condenando a la demandada a que lo desaloje y deje libre dentro del plazo legal, apercibiéndole de lanzamiento en caso contrario. Todo ello con expresa condena a la demandada en cuanto a las costas causadas."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de Catalina, y emplazadas las demás partes por término de 10 días, se presentó en tiempo y forma escrito de oposición por la representación de Iván. Admitido el recurso de apelación y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, se señaló para deliberación y votación el día 11-05-06.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los razonamientos jurídicos de la sentencia recurrida, y

PRIMERO

El procedimiento se inició por la demanda de desahucio formulada contra la demandada por el impago de las mensualidades de renta de los meses de febrero y marzo, dicha pretensión fue estimada en la sentencia que concluyó: que estaban impagados los gastos de comunidad de los meses de febrero a julio y la renta de los de abril y mayo. Ante dicha resolución, la demandada formuló recurso de apelación, alegando en síntesis: error en la valoración de la prueba, por cuanto la demandada pagaba las rentas a mes vencido, actividad admitida por la demandante, no debe olvidarse que la arrendataria cobra una pensión de 400 €.; con la documental aportada se ha acreditado el pago de los meses de abril y mayo, pues aunque el documento que se aportó estaba en blanco y rellenado a mano, era valido al contar con el sello del Banco de Valencia y si faltaba por rellenar fue...

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