SAP Santa Cruz de Tenerife 356/2003, 21 de Julio de 2003

PonentePILAR ARAGON RAMIREZ
ECLIES:APTF:2003:1872
Número de Recurso259/2003
Número de Resolución356/2003
Fecha de Resolución21 de Julio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª

SENTENCIA N.º 356

Rollo n.º 259/03

Autos n.º 234/01

Juzgado de 1ª Instancia n.º 1 de Güimar.

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Don Pablo José Moscoso Torres.

MAGISTRADOS

Doña Pilar Aragón Ramírez.

Doña Aranzazu Calzadilla Medina

===========================

En Santa Cruz de Tenerife, a veintiuno de Julio de dos mil tres.

Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA n.º 1 de Güimar, en los autos n.º 234/01, seguidos por los trámites del juicio Ordinario y promovidos, como demandante, por Don Imanol , representado en primera instancia por la Procuradora Doña Margarita Ana Martín González y dirigido por el Letrado Don José Ramos González, contra Don Jesús Ángel y Doña Rocío

, representados por la Procuradora Doña Lucia Pérez Rodríguez y dirigidos por el Letrado Don Manuel Coello Batista, ha pronunciado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Pilar Aragón Ramírez, con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución apelada.

SEGUNDO

En los autos indicados la Ilma. Sra. Juez Doña Juana María Hernández Hernández dictó sentencia el cinco de diciembre de dos mil dos cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO Estimar la demanda formulada por el/a procurador/a Sr/ª Doña Margarita Martín González en nombre y representación de Don Imanol contra Don Jesús Ángel y Doña Rocío representados por la procuradora Doña Lucía Pérez Rodríguez, debo declarar haber lugar al ejercicio del derecho de retracto de colindantes por parte del actor, respecto a la finca número NUM000 ( NUM001 ) inscrita al tomo NUM002 , libro NUM003 , Folio NUM004 del Registro de la Propiedad nº NUM005 de Santa Cruz de Tenerife, condenando en su consecuencia a los demandados a proceder a la venta de la finca objeto de este pleito a favor del demandante, mediante el otorgamiento del título correspondiente por el precio de 2.404.05 Euros ( 400.000pesetas ), cuyo importe está consignado en el Juzgado, y estando el demandante obligado a rembolsar a los demandados, los gastos del contrato que fundamenta el derecho de retracto y cualquier otro pago legitimo hecho para la venta e igualmente los gastos necesarios y útiles hechos en la cosa vendida y los demandados deberán otorgar la correspondiente escritura pública de venta, a favor del actor en el plazo de un mes a contar de la firmeza de la presente, bajo apercibimiento de otorgarla de oficio sino lo efectuase. Con expresa imposición de costas a la parte demandada».

TERCERO

Notificada debidamente dicha sentencia, se presentó escrito en los autos por la representación de la parte demandada, en el que solicitaba que se tuviera por preparado recurso de apelación contra tal resolución, petición a la que se accedió por el Juzgado mediante providencia en la que se acordó, además, emplazar a dicha parte por veinte días para la interposición de tal recurso; en el plazo conferido, se interpuso por escrito dicho recurso con exposición de las alegaciones en que se fundaba la apelación, del que se dio traslado a las demás partes por diez días, plazo en el que la representación de la parte demandante, presentó escrito de oposición al mencionado recurso.

CUARTO

Remitidos los autos con los escritos del recurso y de oposición a esta Sala, se acordó, una vez...

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