Derecho Civil de Cataluña. Derechos reales

AutorBeatriz Fernández Gregoraci
CargoInvestigadora Juan de la Cierva - Universidad de Santiago de Compostela
Páginas1605-1606

Del Pozo Carrascosa, P., Vaquer Aloy, A., Bosch Capdevila, E.: Derecho Civil de Cataluña. Derechos reales, ed. Marcial Pons, Madrid, 2008, ISBN 978-84-9768-514-6, 631 pp.

Page 1605

El objeto de la presente obra, cuya elaboración se enmarca en un Proyecto de Investigación 1, está constituido por el Derecho de bienes vigente en Cataluña. No se ciñe, por tanto, únicamente a la Ley 5/2006, de 10 de mayo, por la que se aprueba el Libro V CC Cataluña, sino también al Derecho común de aplicación directa o supletoria.

La obra se encuentra dividida en seis partes y en treinta capítulos. Cada uno de los capítulos cuenta con una ampliación bibliográfica situada al final.

Aunque los destinatarios del libro son estudiantes de Derecho, la intención de los autores, que expresan en el prólogo (p. 7), es que resulte también útil al profesional del Derecho. Puede afirmarse que dicha intención se cumple de manera más que satisfactoria, pues los autores consiguen combinar la explicación de conceptos básicos con la exposición de las discusiones doctrinales y de las diversas líneas jurisprudenciales que, en su caso, se han originado en torno a su interpretación y alcance. Todo ello acompañado por la interpretación auténtica derivada de los «Treballs preparatoris del Llibre Cinquè del Codi Civil de Catalunya. Els drets reals» 2.

Lo anterior no debe conducir a la errónea conclusión de que el lector va a encontrar una exposición plana sin construcciones u opiniones propias. Muy al contrario, la visión de los profesores Del Pozo, Vaquer y bosch recorre toda la obra, proponiendo soluciones originales a problemas que, a su juicio, han sido resueltos por el legislador catalán de manera insatisfactoria, o mostrándose de acuerdo con la posición finalmente plasmada en el CCCat. baste reproducir aquí dos ejemplos ilustrativos.

En el capítulo 5, dedicado a la donación y situado en la parte titulada «Adquisición, Transmisión y Extinción de los derechos reales», siguiendo la sistemática del CCCat (distinta a la seguida por la CDCC) los auto- res no dudan en afirmar de manera tajante que «La donación [...] no es un contrato».

Si en este aspecto se comparte la decisión tomada por el legislador catalán, en otros, los autores se muestran críticos. Y así, la regulación del «conflicto por el hecho de la posesión», además de ser «poco clara» no resulta tampoco satisfactoria en el fondo: «[...] los criterios de preferencia que esta-Page 1606blece el artículo 521-4.2 no resultan...

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