La deontología profesional en los juristas: una asignatura pendiente

AutorNarciso Martínez Morán
Cargo del AutorColaborador Honorífico. Departamento de Filosofía Jurídica Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED)
Páginas141-176
LA DEONTOLOGÍA PROFESIONAL
EN LOS JURISTAS:
UNA ASIGNATURA PENDIENTE
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Colaborador Honorífico. Departamento de Filosofía Jurídica
Universidad Nacional de Educación a Distancia
(UNED)
1. PLANTEAMIENTO DE LA CUESTIÓN
El objetivo del presente trabajo es conocer el grado de formación en
Deontología que reciben actualmente los profesionales del Derecho. Para lo cual
analizamos, en primer lugar, la presencia e importancia de la Ética en la vida hu-
mana y, de manera especial, la transcendencia de los comportamientos éticos en el
ejercicio de las profesiones. Ello nos ha obligado a identificar, definir y diferenciar
los conceptos de Ética, Moral, Ética Profesional y Deontología, así como el con-
cepto de profesión. En segundo lugar, trasladando todos esos conceptos al campo
de las profesiones jurídicas, analizamos la situación de la Deontología, la codifica-
ción de la Ética Profesional y la obligatoriedad de los Códigos Deontológicos de
las profesiones jurídicas. Y, dada la transcendencia que los Colegios Profesionales
conceden a la Deontología en el ejercicio profesional de los juristas centramos el
estudio en el examen de la situación en que se encuentra la enseñanza y la forma-
ción de la Deontología en los centros de formación jurídica, de manera especial
en las Facultades de Derecho. Son muchas y diversas las razones que apoyan la
formación de los profesionales del Derecho en valores éticos, razones que justi-
fican la presencia de disciplinas de contenido ético en la formación académica
universitaria. Los integrantes de las profesiones jurídicas ejercen una actividad de
carácter público y social en la que han de tomar decisiones que deben tener en
cuenta, no sólo sus conocimientos técnicos, sino también su compromiso ético-
profesional. Es necesario, por tanto, que los estudiantes desarrollen un aprendi-
zaje ético y adquieran competencias y valores morales ya en la universidad, que
es la principal institución que se ocupa de su formación. Pero en nuestro análi-
sis hemos constatado una incongruencia pues, mientras en el ejercicio profesio-
nal se da gran importancia a la ética de los profesionales a través de los Códigos
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Deontológicos, aprobados por los correspondientes Colegios Profesionales, en el
ámbito académico no se le ha dado la misma importancia y la formación de las en-
señanzas profesionales y universitarias carecen de disciplinas obligatorias que ten-
gan contenidos éticos. Podríamos afirmar, en consecuencia, que la Deontología
en las Facultades de Derecho ha sido y sigue siendo una asignatura pendiente.
2. INTRODUCCIÓN
Con el título “Deontología Profesional de los Juristas: Una asignatura pendiente”
pretendemos adentrarnos en la situación de la enseñanza o formación que reci-
ben actualmente sobre Deontología Profesional los estudiantes de Derecho en
las Universidades españolas. Pero antes de llegar a una conclusión sobre el enun-
ciado antedicho es necesario asomarnos y aproximarnos a la comprensión de los
conceptos básicos de Ética, Moral, Deontología y Profesión, imprescindibles para
quienes deseen profundizar en el análisis de los Códigos de Conducta en el ejerci-
cio de una profesión y, en esta ocasión, en el ejercicio de la abogacía o cualquiera
de las profesiones jurídicas afines.
En nuestro análisis partimos de la base de que todos los seres humanos se
manifiestan en dos direcciones y se comportan de dos formas diferentes, las cua-
les se encuentran consustancial e inseparablemente unidas, pues constituyen dos
dimensiones de la misma realidad. Nos referimos a la dimensión individual y a la
dimensión social. Por ello hemos de destacar que ambas dimensiones y manifes-
taciones del comportamiento humano (la individual y la social) están sometidas a
imperativos morales fundamentados y presididos por la Ética.
No obstante, queremos centrar el análisis ciñéndonos a aquellas conductas
que los individuos realizan en el ejercicio de la profesión y, más concretamente,
en el ejercicio de las profesiones jurídicas.
Evidentemente, al igual que para ejercer una profesión se requieren una se-
rie de conocimientos técnicos para que el trabajo y el esfuerzo desarrollados se
vean recompensados con la consecución de los fines propuestos, también se re-
quieren conocimientos éticos para que el ejercicio profesional se lleve a cabo con
honestidad, responsabilidad y respeto a las personas a quienes, directa o indirec-
tamente puedan afectar las acciones llevadas a cabo por un profesional, acciones
que deben realizarse con la pericia técnica requerida, pero también ajustadas a
las exigencias del orden moral que debe presidir la conciencia humana.
Por ello, junto a los conocimientos técnicos y profesionales, debe adquirirse,
además, una sólida formación ética para llevar a cabo las acciones correspondien-
tes dentro del ámbito de la moralidad que debe presidir la conciencia humana
tanto en el ámbito privado como en el público. Tal formación ética, que afecta
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a toda la vida de los seres humanos en el ámbito profesional es un largo proceso
que debe iniciarse ya en la enseñanza primaria y seguir en todos los niveles de la
educación. Pero, cuando nos referimos a la moralidad en el ámbito de las profe-
siones consideramos necesaria una formación específica para cada profesión en
los niveles de formación universitaria.
En el caso de las profesiones jurídicas observamos que existe una importante
incongruencia entre la Deontología que se exige como obligatoria e ineludible
en el ejercicio de la profesión de abogados, procuradores, jueces, notarios, regis-
tradores, fiscales…. y la formación deontológica de las profesiones jurídicas que,
aún hoy, no existe como disciplina obligatoria en las Facultades de Derecho.
Pero, en nuestra opinión, en la actualidad, la Deontología Profesional es,
sin duda, lo suficientemente importante como para que los profesionales del
Derecho estén plenamente formados e informados de su contenido y preparados
para responder adecuadamente a las exigencias éticas de sus comportamientos.
Por ello sería absolutamente necesario que, en la formación y enseñanza
universitaria se incluyera una disciplina obligatoria de Deontología Profesional
específica para juristas, la cual entendemos que sigue siendo una asignatura
pendiente.
3. LA CONCIENCIA ÉTICA EN EL EJERCICIO DE UNA PROFESIÓN
3.1. Presencia de la Ética en la vida humana
Aunque con anterioridad a la época dorada de la filosofía griega, en China,
India y Egipto se apelaba a la Ética y existían enseñanzas sobre la misma, podemos
afirmar que el estudio sistemático de la Ética tiene realmente sus orígenes en la
filosofía de la antigua Grecia.
Su desarrollo posterior ha sido amplio y variado, de tal manera que, a lo largo
de la historia, han existido diversas maneras de entender la Ética y diferentes pro-
puestas morales orientadoras de la conducta humana.
La Ética, como ciencia o como disciplina filosófica, fue iniciada por Sócrates.
Él fue el primero que teorizó sobre los conceptos morales básicos: lo bueno y la
virtud. Y, continuando el camino iniciado por Sócrates, podemos hablar de su dis-
cípulo Platón (de sus planteamientos sobre la Justicia y la Ética).
Siguen después las reflexiones de Aristóteles que constituyen todo un tratado
de filosofía ética. Recordemos por ejemplo la Ética a Nicómaco” 1. Y, sobre esta
1 Aunque la Ética a Nicómaco sea, tal vez, la obra más conocida de Aristóteles sobre
Ética, no es la única que escribió sobre estas cuestiones. Junto a ella se encuentran otras dos

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