Denuncia presupuestaria

AutorEmilio Aguas Alcalde
CargoDoctor por la Universidad de Navarra
Páginas301-328
Anuario de la Facultad de Derecho. Universidad de Extremadura 38 (2022): 301-328
ISSN: 0213-988XISSN-e: 2695-7728
Doi: https://doi.org/10.17398/2695-7728.38.301
DENUNCIA PRESUPUESTARIA
FORMAL COMPLAINT OF THE PUBLIC BUDGET
EMILIO AGUAS ALCALDE1
Universidad de Extremadura
Recibido: 06/06/2022 Aceptado: 11/09/2022
RESUMEN
Señalan los organismos gubernamentales europeos que la denuncia en el ámbito del
gasto público se ha revelado como la herramienta más eficaz para hacer frente al fraude
presupuestario, por ello se analiza la participación ciudadana en el control de los fondos
públicos en la normativa presupuestaria estatal.
Palabras clave: Derecho Financiero, Derecho Presupuestario, participación ciudadana.
ABSTRACT
European government agencies point out that the reporting in the field of public spend-
ing has emerged as the most effective tool to deal with budget fraud, by that, citizen partic-
ipation in the control of public funds in state budget regulations is analyzed.
Keywords: Financial Law, Budgetary Law, citizen participation.
1 Doctor por la Universidad de Navarra. Es profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de
Extremadura desde el año 2004. En la actualidad, ejerce como Profesor Contratado Doctor del área de
Derecho Financiero y Tributario. Está dedicado a las siguientes líneas de investigación: Dependencia y
fiscalidad; valoración de bienes y sistema tribu tario; la doble imposición; el control presupuestario.
302 EMILIO AGUAS ALCA LDE
Anuario de la Facultad de Derecho. Universidad de Extremadura 38 (2022): 301-328
ISSN: 0213-988XISSN-e: 2695-7728
Sumario: 1. Introducción. 2. En la Ley General Presupuestaria. 2.1 Caracteres ge-
nerales. 2.2. Real Decreto 700/1988. Vía administrativa previa de la Ley de Funciona-
miento del Tribunal de Cuentas. 2.2.1. Responsabilidad contable y Responsabilidad pa-
trimonial. 2.2.1.1 . Análisis histórico. 2.2.1.2. LGP 1977. 2.2.1.3 LGP 1988. 2.2.1.4. LGP
2003. 2.2.1.5. Responsabilidad patrimonial en la LGP y en la normativa administrativa
(LPAC y LRJ). 2.3. Ámbito subjetivo. 2.3.1. Capacidad. 2.3.2 Legitimación. 2.4 Ámbito
objetivo. Infracciones. 2.4.1 Alcance y malversación. 2.4.2 Resto de infracciones. 2.5.
Contenido de la denuncia. 2.6. Tramitación en el Tribunal de Cuentas. Juicio de alcance.
2.7. Denuncia ante el Tribunal de Cuentas o ante la Administración Presupuestaria. 2.8.
Autoridad. 2.9. Prescripción. 3. Conclusiones. Referencias bibliográficas.
1. INTRODUCCIÓN
Recientemente, en julio de 2022, los medios de comunicación han publi-
cado una noticia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
(CNMC) que por la cuantía ha tenido mucha difusión, acerca de que algunas de
las mayores empresas españolas dedicadas a la construcción formaron un cártel
y estuvieron alterando y repartiéndose el negocio de la contratación pública2,
imponiendo una sanción de 200 millones3.
Este proceder se mantuvo durante 25 años hasta hace cinco, año en el que
la CNMC publicó una nota de prensa y un folleto para detectar el fraude en la
contratación en el que valuaba el coste anual en España del fraude presupuesta-
rio en el ámbito de la contratación 4. Quizá la coincidencia de fechas, la del in-
forme de l a CNMC y la del año hasta que duró el cártel que ahora denuncia la
CNMC sea casual, o quizá la conjunción de los elementos temporales y subjeti-
vos envueltos pueda llevar a pensar que no lo sea5.
Según el informe de la CNMC el fraude en la contratación pública produce
2 La noticia apareció en todos los medios de comunicación escrita y audiovisual , en la b ibliografía
final recogemos la referencia a algunos de más difusión como El País, 20 minutos, ABC o El Diario.
3 La Resolución indica que la sanción debía hab er sido del 5% del volumen de n egocio, no obstante
según se revela ha sido un 3.000% inferior, esto es, del 0,167%, vid. CN MC, Resolución obra civil
S/0021/20 Práctica prohibida (2022), 139.
4 En la bibliografía se incluyen las referencias y enlaces de internet al folleto y e l blog de la CNMC.
5 Vid. CNMC, Resolución S/0021/20…, 44 y 45.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR