SAP Cádiz 41/2006, 4 de Abril de 2006

PonenteMANUEL CARLOS GROSSO DE LA HERRAN
ECLIES:APCA:2006:287
Número de Recurso14/2006
Número de Resolución41/2006
Fecha de Resolución 4 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 3ª

MANUEL CARLOS GROSSO DE LA HERRANANA MARIA RUBIO ENCINASMIGUEL ANGEL FELIZ MARTINEZ

S E N T E N C I A Nº41/06

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

Sección Tercera

ILMOS SRES.

PRESIDENTE:

MANUEL GROSSO DE LA HERRAN

MAGISTRADOS:

ANA MARIA RUBIO ENCINAS

MIGUEL ANGEL FELIZ Y MARTINEZ

Juzgado de lo Penal Nº 3 Cádiz

APELACIÓN ROLLO NÚM. 14/2006

P. ABREVIADO NÚM. 527/2004

En la ciudad de Cádiz a cuatro de abril de dos mil seis.

Visto por la Sección Tercera de esta Audiencia integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en autos de Procedimiento Abreviado seguidos en el Juzgado de Lo Penal referenciado, cuyo recurso fue interpuesto por la representación de Jaime . Es parte recurrida el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ilmo Sr. Magistrado Juez de lo Penal del Juzgado de lo Penal Nº 3 Cádiz, dictó sentencia el día 28/9/05 en la causa de referencia, cuyo Fallo literalmente dice: "Que debo condenar y condeno a Jaime como autor responsable de un delito de HURTO DE USO DE VEHÍCULO A MOTOR, a la pena de CINCO MESES DE MULTA CON UNA CUOTA DIARIA DE SEIS EUROS, a la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas insatisfechas, y al pago de las costas, así como a que indemnice a Franco en la suma de 299,25 euros."

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, por la representación de Jaime y admitido el recurso y conferidos los preceptivos traslados, se elevaron los autos a esta Audiencia. Formado el rollo, se señaló el día de la fecha para la votación y fallo, quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Ha sido Ponente el Ilmo Sr. Magistrado D. MANUEL GROSSO DE LA HERRAN, quien expresa el parecer del Tribunal.

Se acepta la declaración de hechos probados de la Sentencia apelada, que dicen así:"Que sobre las 15.00 horas del día 12 de febrero de 2003, el acusado Jaime , mayor de edad y sin antecedentes penales, con ánimo de apoderamiento ilícito y uso transitorio, cogió el ciclomotor marca Aprilia, matrícula N-....-NYN , que su propietario Franco había dejado estacionado en las inmediaciones de su domicilio en la CALLE000NUM000 - NUM001NUM002 de la localidad de Rota, circulando con el mismo hasta el kilómetro 3,100 de la carretera CA-614 donde fue interceptado por la Guardia civil sobre las...

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