SAP Alicante 255/2007, 28 de Marzo de 2007
Ponente | JOSE ANTONIO DURA CARRILLO |
ECLI | ES:APA:2007:184 |
Número de Recurso | 66/2007 |
Número de Resolución | 255/2007 |
Fecha de Resolución | 28 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN PRIMERA
ALICANTE
PLZ. DEL AYUNTAMIENTO, nº 4-2ª planta
Tfno: 965.93.59.39-40
Fax: 965.93.59.51
NIG: 03014-37-1-2007-0001488
Procedimiento: Rollo apelación Abreviado Violencia de Género Nº 000066/2007-RAPIDO -
Dimana del Juicio Oral - 000051/2006
Del JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 4 DE ALICANTE
Instructor VIOLENCIA SOBRE LA MUJER Nº 1 DE ALICANTE
Apelante: Julián
Letrado: SONIA VALERA PARDINES
Procurador : ALEJANDRO MEROLLA ONCEJA
Apelado: Asunción
Letrado: ALFONSINA FIDELMA FERNANDEZ VASQUEZ
Procurador: TERESA IVORRA GALAN
SENTENCIA Nº 255/07
ILTMOS. SRES.:
ALBERTO FACORRO ALONSO
ANTONIO GIL MARTÍNEZ
JOSÉ ANTONIO DURÁ CARRILLO
En la ciudad de Alicante, a Veintiocho de marzo de 2007
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de ALICANTE, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia nº 131, de fecha 20 de Abril de 2006 pronunciada por el/la Ilmo./a. Magistrado/a-Juez del JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 4 DE ALICANTE en el Juicio Oral - 000051/2006, habiendo actuado como parte apelante Julián representado por el Procurador Sr./a. MEROLLA ONCEJA, ALEJANDRO y dirigido por el Letrado Sr./a. VALERA PARDINES, SONIA, y como parte apelada Asunción, representado por el Procurador Sr./a. IVORRA GALAN, TERESA y dirigido por el Letrado Sr./a. FERNANDEZ VASQUEZ, ALFONSINA FIDELMA.
Son HECHOS PROBADOS de la Sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: En aras a la brevedad se dan por reproducidos los hechos probados de la Sentencia de instancia.
El FALLO de dicha Sentencia recurrida literalmente dice: "Que debo condenar y condeno a Julián como responsable en concepto de autor de un delito de violencia familiar del art. 153, 1 y 3 del C.P., y de un delito de amenazas contra la mujer del art. 171,4º, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de nueve meses prisión, privación del derecho a la tenencia y porte de armas por dos años y prohibición de aproximación a Asunción, a una distancia inferior a 100 metros por un año y nueve meses por cada uno de los delitos, y así como al pago de las costas procésales.
Ambas penas privativas de libertad se sustituyen por expulsión del acusado del territorio nacional.".
Contra dicha Sentencia, se formalizó ante el Organismo decisor, por la representación procesal de Julián el presente recurso de apelación.
Del escrito de formalización del recurso de apelación se dio traslado a las demás partes y cumplido este trámite fueron elevados los autos originales con los escritos presentados a este Tribunal de Apelación, y una vez examinados se señaló para la deliberación y votación de la Sentencia el día 26/3/07.
En la sustanciación de ambas instancias del presente proceso se han observado todas las prescripciones legales procedentes.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ ANTONIO DURÁ CARRILLO
SE ACEPTA el Antecedente de HECHOS PROBADOS de la Sentencia apelada.
El recurrente cuestiona la valoración probatoria realizada por el juzgador, que trata de sustituir por la suya.
El Juzgador efectúa una valoración conjunta de la prueba, en uso de la facultad que le confiere el artículo 741 de la L.E. Criminal y sobre la base de la actividad probatoria desarrollada en el juicio, bajo el imperio de los...
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