SAP Barcelona 181/2008, 10 de Marzo de 2008

PonenteMARIA DOLORES BALIBREA PEREZ
ECLIES:APB:2008:2503
Número de Recurso209/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución181/2008
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEXTA

BARCELONA

ROLLO APELACION Nº 209/2007

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 104/2007

JUZGADO PENAL Nº 7 DE BARCELONA

S E N T E N C I A Nº

Ilmos. Sres. Magistrados :

Presidente: D. MIGUEL ÁNGEL GIMENO JUBERO

D. EDUARDO NAVARRO BLASCO

Dña. Mª DOLORES BALIBREA PÉREZ

En Barcelona a diez de Marzo de dos mil ocho.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados al margen referenciados, ha visto, en nombre de S.M. El Rey, en grado de apelación el presente Rollo, dimanante del Procedimiento Abreviado seguido por el Juzgado de lo Penal número 7 de los de esta ciudad de Barcelona, al nº 104/2007, por un delito contra la propiedad intelectual, contra Gabino representado por la Procuradora de los Tribunales D. Antonio Nicolás Vallellano y defendido por la Letrada D. Jordi Martín López, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, actuando el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acusación pública, estando dicho procedimiento pendiente ante esta Audiencia en virtud de recurso interpuesto por el condenado, contra la Sentencia dictada en primera instancia de fecha 30-6-2007, y siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. Mª DOLORES BALIBREA PÉREZ, quien expresa el parecer de la Sala.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O

PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Que debo condenar y condeno al acusado Gabino como autor de un delito contra la propiedad intelectual el art. 270.1 del Código Penal, a la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN Y DOCE MESES DE MULTA a razón de 5 euros de cuota diaria, con arresto sustitutorio en caso de impago. La pena de prisión se sustituye por la de expulsión del territorio nacional con prohibición de entrada por diez años.

Deberá satisfacer a los productores cinematográficos en la suma de 8 euros por cada uno de los DVDs intervenidos a favor de cada una de las compañías titulares de los derechos. Asimismo, satisfará el acusado las costas causadas en el presente procedimiento."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia se interpuso por el condenado Recurso de Apelación que fue admitido a trámite, dándose de él traslado a las demás partes, compareciendo el Ministerio Fiscal quien solicitó la confirmación de la sentencia, y, siendo elevado a esta Sección de la Audiencia Provincial para su resolución.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las formalidades legales exigidas al efecto, con excepción del plazo para dictar sentencia por el exceso de trabajo que pesa sobre esta Sección.

SE ACEPTA la declaración de hechos probados contenida en la Sentencia Apelada, salvo el último párrafo en el que se suprime la frase "sin permiso de los respectivos titulares de los derechos".

F U N D A M E N T O S J U R Í D I C O S

SE ACEPTAN los de la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los de la presente resolución.

PRIMERO

Se articula el recurso alegando el error en la valoración de la prueba en cuanto a la autoría, por no haberse acreditado...

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