SAP Cádiz 298/2007, 15 de Octubre de 2007

PonenteMARIA INMACULADA MONTESINOS PIDAL
ECLIES:APCA:2007:1252
Número de Recurso106/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución298/2007
Fecha de Resolución15 de Octubre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

SECCIÓN CUARTA

SENTENCIA. NUM. 298/07

PRESIDENTE:

D. MANUEL GROSSO DE LA HERRAN

MAGISTRADOS:

D.MIGUEL ANGEL FELIZ MARTINEZ

Dª INMACULADA MONTESINOS PIDAL

JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 DE CÁDIZ

PA 21/07

DIMANANTE DE LAS DP: 611/05

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 1 DE BARBATE

ROLLO DE SALA Nº 106/07

En la Ciudad de Cádiz, a quince de octubre de dos mil siete.

Vista por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, la causa referenciada al margen, siendo parte apelante Julián, parte apelada el MINISTERIO FISCAL y ponente la Magistrada Iltma. Sra. DOÑA INMACULADA MONTESINOS PIDAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Por el Iltmo. Sr. Magistrado- Juez titular del Juzgado de lo Penal nº 1 de Cádiz, con fecha 27 de febrero de 2007, se dictó sentencia en la causa de referencia, cuyo Fallo literalmente dice:

    Que debo condenar y CONDENO a Julián como autor criminalmente responsable de un delito CONTRA LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, no concurriendo circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a las penas de SEIS MESES DE PRISION, INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA Y DOCE MESES MULTA A RAZON DE CUOTAS DE 3 EUROS CON SEIS MESES DE PRISION SUSTITUTORIA EN CASO DE IMPAGO O INSOLVENCIA. Asimismo lo condeno en costas.

    Acuerdo EL COMISO y DESTRUCCION de los efectos intervenidos.

  2. - Contra dicha Sentencia se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la representación del acusado, y admitido el recurso en ambos efectos, conferidos los preceptivos traslados, elevados los autos a esta Audiencia, formado el correspondiente rollo, fue designado Magistrado Ponente, quedando el recurso visto para sentencia.

  3. - En la tramitación de este recurso, se han observado todas las formalidades legales, salvo el plazo para sentenciar por la atención a asuntos penales preferentes.

    UNICO.- Se aceptan los de la sentencia de instancia, fiel reflejo de las pruebas practicadas, que son del siguiente tenor:

    "Sobre las 13,30 horas del día 7/7/05 el acusado Julián, mayor de edad y sin antecedentes penales, fue sorprendido por la Guardia Civil en el puesto de venta ambulante que había instalado en la zona de Zapal de la localidad de Barbate tenía expuestos para la venta entre otras cosas,: nueve cordones para sujetar el teléfono móvil marca BMW, otro de la marca HONDA, otro de la marca NIKE, dos relojes marca LOUIS VUITTON, trece relojes marca CASIO y unas gafas de sol marca CHRISTIAN DIOR. Todos estos efectos, que no habían sido fabricados o comercializados...

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