SAP Huelva 66/2006, 14 de Marzo de 2006

PonenteFRANCISCO BELLIDO SORIA
ECLIES:APH:2006:187
Número de Recurso25/2006
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución66/2006
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA

Sección Primera

Nº Procedimiento: Apelación Penal 25/06.

Autos de: Juicio de Faltas 140/2.005

Juzgado de origen: J. Instrucción nº 1 de Valverde del Camino.

SENTENCIA

En Huelva, a catorce de marzo de dos mil seis.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, constituida como Tribunal unipersonal por el Magistrado Ilmo. Sr. D. Francisco Bellido Soria, ha visto en grado de apelación el recurso interpuesto contra la sentencia, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Valverde del Camino en el juicio de faltas arriba indicado, seguido por lesiones, injurias y amenazas, siendo parte apelante doña Asunción, se adhiere al recurso el Ministerio Fiscal y como parte apelada doña Lucía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Por el Juzgado de Instrucción nº. 1 de Valverde del Camino, con fecha 29 de septiembre de 2.005, se dictó sentencia, en las actuaciones a que se contrae el rollo de Sala arriba citado, cuyos hechos probados dicen: "Ha resultado acreditado que el día 4 de junio de 2.005, en el curso de una discusión, doña Asunción agredió a doña Lucía, causándole lesiones de las que tardó en curar siete días sin necesidad de tratamiento médico quirúrgico. No ha resultado acreditado que doña Asunción insultara o amenazara a doña Lucía." La sentencia termina con la parte dispositiva siguiente: Fallo. "Se condena a doña Asunción, como autora de una falta de lesiones del art. 617.1 CP, a una pena de un mes y medio de multa a razón de 3 euros por día y al pago de mitad las costas. El total de la multa, 135 euros, deberá pagarse de una sola vez en el plazo de diez días desde la firmeza de la presente resolución, con una responsabilidad subsidiaria en caso de impago de veintidós días de privación de libertad. Se condena a doña Asunción a pagar a doña Lucía a una indemnización de 210 euros por las lesiones causadas. Se absuelve a doña Asunción de la falta de injurias y amenazas leves declarando de oficio la mitad de las costas."

TERCERO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos y dado traslado a las demás partes fueron remitidos los autos originales a esta Ilma. Audiencia Provincial.

  1. HECHOS PROBADOS

Se aceptan los de la resolución apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre la denunciante -sra. Asunción-, solicitando la nulidad de la sentencia puesto que se celebró el juicio en su ausencia, cuando había presentado certificado médico que le impedía la comparecencia al juicio en día señalado, lo que además puso de manifiesto el día de su citación para dicho acto, solicitando la suspensión, por lo que debió ser suspendido para otro día, con lo que se ha conculcado su derecho de defensa.

El Ministerio Fiscal se adhiriéndose al recurso puesto que se ha conculcado el derecho de defensa de la denunciada, ya que anunció que no podía asistir por enfermedad de su esposo, lo que acreditó con la documentación correspondiente, comprobando la Secretaria del Juzgado la realidad del ingreso hospitalario, con lo que el juicio debió suspenderse para contar con su presencia.

La denunciante impugna el recurso y solicita la confirmación de la sentencia, puesto que la denunciada es viuda y no tiene pareja, la denunciada fue citada en debida forma y se han guardado las garantías necesarias, además la prueba ha sido valorada conforme a derecho, concurriendo en la versión de la denunciante los requisitos para ser prueba de cargo suficiente, que se corroboró con el parte de urgencias y el...

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