SAP Madrid 355/2006, 4 de Octubre de 2006

PonenteMARIA PILAR OLIVAN LACASTA
ECLIES:APM:2006:12564
Número de Recurso147/2006
Número de Resolución355/2006
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª

ALBERTO GUMERSINDO JORGE BARREIRO MARIA PILAR OLIVAN LACASTA MARIA CATALINA Pilar ALHAMBRA PEREZ

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN DECIMOQUINTA

MADRID

RP:147/06

J.O: 468/05

JUZGADO DE LO PENAL Nº 14 DE MADRID

SENTENCIA Nº355

MAGISTRADOS:

Alberto JORGE BARREIRO

Maria del Pilar OLIVAN LACASTA (PONENTE)

Pilar ALHAMBRA PEREZ

En Madrid, a 4 de octubre de 2006

Vista en segunda instancia ante la Sección Quince de esta Audiencia Provincial el Procedimiento nº 147/06, procedente del Juzgado de lo Penal nº 14 seguida de oficio por un delito de lesiones contra el acusado Carlos Alberto venido a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto en tiempo y forma por el acusado contra la sentencia de fecha 1-3-06. Han sido partes en la sustanciación del recurso el Ministerio Fiscal, y dicho apelante, representando por el Procurador Dº José García Zuñiga.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal nº 14 de Madrid con fecha 1-3-06 se dictó sentencia cuyos "HECHOS PROBADOS" dicen: "Que el día 6 de abril de 2005, sobre las 20,30 horas, Carlos Alberto, mayor de edad, sin antecedentes penales, con número ordinal de informática NUM000, nacionalidad nigeriana, en situación irregular en España, con ocasión de hallarse en un semáforo del Paseo de la Castellana de Madrid, comenzó a discutir con Germán. igualmente de nacionalidad nigeriana, ya que el acusado quería vender el periódico "La Farola" de forma exclusiva en el citado semáforo. La discusión subió de tono y en un momento dado Ayo comenzó a agredir a su oponente para finalizar mordiéndole, generando en Germán. quebranto físico consistente en heridas contusas en septo nasal basal y en región interciliar con pérdida de sustancia, tardando en curar 15 días, requiriendo para su curación tratamiento médico que se centró en limpieza, cura y sutura de la herida en la nariz, 7 puntos de aproximación en herida interciliar, administración de antibióticos y sintomática, quedándole como secuela dos cicatrices en región interciliar y en la región basal de la nariz con escasa repercusión estética. El perjudicado ha renunciado a toda indemnización". Y cuyo "FALLO" dice: "Que debo condenar y condeno a Carlos Alberto como autor responsable de un delito de lesiones, sin concurrencia de circunstancias modificativas, a la pena de 18 meses de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo...

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