Régimen tributario y financiero de las comunidades autónomas. Extremadura. Impuesto de dehesas calificadas en deficiente aprovechamiento e Impuesto sobre las tierras calificadas como regadíos infrautilizados

AutorRafael Calvo Ortega (director)
NORMAS

1) Ley 8/2002, de 14 de noviembre, de Reforma Fiscal de la Comunidad AutÛnoma de Extremadura (DOE de 14-12-02).

CAPÕTULO II

Impuesto de dehesas calificadas en deficiente aprovechamiento ArtÌculo 2. SupresiÛn de los artÌculos 21 a 27, ambos inclusive, de la Ley 1/1986, de 2 de mayo, sobre la Dehesa de Extremadura.

Con efectos desde el 1 de enero de 2002, se suprime el Impuesto de dehesas calificadas en deficiente aprovechamiento.

CAPÕTULO III

Impuesto sobre las tierras calificadas como regadÌos infrautilizados ArtÌculo 3. SupresiÛn de los artÌculos 25 a 29, ambos inclusive, de la Ley 3/1987, de 8 de abril, sobre Tierras de RegadÌo. Con efectos desde el 1 de enero de 2002, se suprime el Impuesto sobre las tierras calificadas como regadÌos infrautilizados.

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