DECRETO FORAL 254/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

BOLETÍN Nº 244 - 23 de noviembre de 2023 - EXTRAORDINARIO 1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.2. Decretos Forales

DECRETO FORAL 254/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia. PREÁMBULO

La Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, establece que corresponde al Gobierno de Navarra la aprobación de la estructura orgánica de cada uno de los departamentos.

Mediante Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 10/2023, de 17 de agosto, se estableció la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

A su vez, mediante Decreto Foral 73/2023, de 30 de agosto, se estableció la estructura básica del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia.

Procede, ahora, desarrollar adecuadamente la estructura de cada uno de los departamentos de la Administración de la Comunidad Foral.

El presente decreto foral tiene por objeto el desarrollo de la nueva estructura orgánica del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Interior, Función Pública y Justicia, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día quince de noviembre de dos mil veintitrés,

DECRETO:

CAPÍTULO I –DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 7
Artículo 1 Ámbito competencial del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia.

Corresponde al Departamento de Interior, Función Pública y Justicia ejercer las competencias atribuidas a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en las materias relativas a:

  1. Políticas de seguridad.

  2. Tráfico.

  3. Policía.

  4. Juego y espectáculos.

  5. Protección civil y atención de emergencias.

  6. Función pública.

  7. Administración de Justicia.

  8. Asistencia a las víctimas de delito.

  9. Rehabilitación y reinserción de delincuentes.

  10. El resto de atribuciones que le confieren las disposiciones vigentes.

Artículo 2 Persona titular del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia.
  1. A la persona titular del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, en relación con el ámbito competencial definido en el artículo 1 del presente decreto foral, le corresponde el ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente, así como las que le atribuye el decreto foral por el que se delimitan las atribuciones en materia de personal de los distintos órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

  2. Igualmente corresponde a la persona titular del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, la presidencia de los siguientes órganos colegiados:

    1. Comisión de Coordinación de Seguridad y Salud Laboral.

    2. Comisión de Protección Civil de Navarra.

    3. Comisión de Coordinación de las Policías Locales de Navarra.

    4. Comisión de Seguridad Vial.

    5. Consejo de las Policías de Navarra.

    6. Consejo Navarro de Seguridad Ciudadana.

    7. Consejo del Juego de Navarra.

    8. Consejo Navarro de Justicia-Nafarroako Justizia Kontseilua.

  3. Como unidad de apoyo político y técnico de la persona titular del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, y dependiente directamente de aquella, existe en el Departamento un Gabinete, sujeto a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente.

Artículo 3 Organización general del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia.
  1. El Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, bajo la superior dirección de su titular, se estructura básicamente en los siguientes órganos:

    1. Dirección General de Interior.

    2. Dirección General de Función Pública.

    3. Dirección General de Justicia.

    4. Servicio de Gestión Económica y Presupuestaria.

    5. Secretaría General Técnica del Departamento.

  2. La Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra queda adscrita a la Dirección General de Interior, y se regirá por su propio reglamento de funcionamiento aprobado por Decreto Foral 113/2005, de 12 de septiembre.

  3. El Cuerpo de la Policía Foral de Navarra queda encuadrado en el Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, adscrito a la Dirección General de Interior, y ejercerá las funciones que le atribuyen la Ley Foral 8/2006, de 20 de junio, de Seguridad Pública de Navarra, así como la Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra, y se estructura en la forma que establece su normativa específica.

Artículo 4 Atribuciones de las Direcciones Generales.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2.2 del presente decreto foral, corresponde a las Direcciones Generales del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, bajo la superior dirección de la persona titular del departamento y en el ámbito material asignado a cada una de ellas en este decreto foral, el ejercicio de las atribuciones previstas en los artículos 31 y 32 y en la disposición final primera de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, así como el de cualquier otra que les atribuyan las disposiciones vigentes, o les encomiende la persona titular del Departamento.

Artículo 5 Atribuciones de la Secretaría General Técnica.

Corresponde a la Secretaría General Técnica del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, en relación con el ámbito competencial definido en el artículo 1 del presente decreto foral, y bajo la superior dirección de la persona titular del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, a la cual se encuentra adscrita directamente, el ejercicio de las siguientes atribuciones:

  1. Las previstas en el artículo 33 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

  2. Las previstas en el Decreto Foral 29/2005, de 21 de febrero, por el que se regulan las secretarías generales técnicas, excepto las de índole económica presupuestaria, y las previstas en el artículo 6 del Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, por el que se delimitan las atribuciones en materia de personal.

  3. La aplicación de la transversalidad de la perspectiva de género en la planificación, gestión y evaluación de las políticas del ámbito del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia conforme a la Ley Foral 17/2019, de 4 de abril, de igualdad entre mujeres y hombres.

  4. La adecuación a la Ley Foral 31/2022, de 28 de noviembre, de atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos.

  5. Las que le correspondan como unidad responsable de seguridad de la información, definidas en la Política de Protección de Datos y Seguridad de la Información de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, con el objetivo de asegurar y vigilar el cumplimiento de la normativa vigente relativa a la seguridad de la información, incluida la protección de datos personales, todo ello en el ámbito del Servicio de Gestión Económica y Presupuestaria y de la Secretaría General Técnica del departamento.

  6. Cualquier otra que le atribuyan las disposiciones vigentes, o le encomiende la persona titular del Departamento de Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, dictando las resoluciones que deban ser adoptadas en su ejercicio.

Artículo 6 Atribuciones de los Servicios.

Corresponde a los servicios, bajo la dirección de los órganos superiores del departamento y en el ámbito material asignado a cada uno de ellos en este decreto foral, de conformidad con el artículo 35 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, el ejercicio de las funciones de planificación, coordinación, dirección y control de las secciones o unidades orgánicas de ellos dependientes, la promoción e impulso de la aplicación de los principios de agilidad, racionalización y simplificación de los procedimientos, así como...

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