DECRETO FORAL 29/2005, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las Secretarías Generales Técnicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

DECRETO FORAL 29/2005, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las Secretarías Generales Técnicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La Ley Foral 23/1983, de 11 deabril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, preveía una estructura departamental con un criterio de desconcentración de competencias, que exigía la creación en los distintos Departamentos de un órgano que garantizase la debida coordinación.

Un primer paso en el sentido indicado lo constituyó el Reglamento de Régimen Interior del Gobierno de Navarra aprobado por Decreto Foral 35/1984, de 7 de mayo, que previó en su artículo 28.2 y en su disposición transitoria primera la figura del Secretario Técnico de cada Departamento. En su desarrollo se aprobó el Decreto Foral 50/1984, de 16 de mayo, de regulación de las Secretarías Técnicas de los Departamentos.

Desde la aprobación de la citada normativa han transcurrido más de dos décadas y la realidad de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra ha cambiado, lo que ha producido la necesidad de implantar una nueva estructura de la misma. En este sentido, se ha procedido a la derogación de laLey Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y su sustitución por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente y por la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Esta segunda Ley Foral configura a las Secretarías Generales Técnicas, figura que sustituye a las anteriores Secretarías Técnicas, como auténtico órgano horizontal dentro de surespectivo Departamento, al que se encomienda el ejercicio de las competencias sobre materias comunes de índole técnica y jurídica, de recursos humanos y de gestión presupuestaria que reglamentariamente se especifiquen. Asimismo les atribuye la importante función de informar con carácter previo y desde el punto de vista jurídico la resolución de los recursos administrativos que se tramiten en su Departamento.

Este reglamento regula las Secretarías Generales Técnicas de los Departamentos de la Administración Comunidad Foral de Navarra y unifica las competencias atribuidas a las mismas.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, de acuerdo con el Consejo de Navarra, y de conformidad con el acuerdo adoptadopor el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintiuno de febrero de dos mil cinco,

DECRETO:

Artículo único _Aprobación del Reglamento.

Se aprueba el Reglamento por el que se regulan las Secretarías Generales Técnicas de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, que se inserta a continuación de este Decreto Foral.

DISPOSICION ADICIONAL UNICA

Secretarios Técnicos

  1. Los nombramientos de los actuales Secretarios Técnicos, tras la entrada en vigor de este Decreto Foral, se considerarán, a todos los efectos, como nombramientos de Secretarios Generales Técnicos, y así pasarán a denominarse.

  2. Cualquier referencia que en la normativa vigente se haga a los Secretarios Técnicos o a las Secretarías Técnicas se entenderá realizada a los Secretarios Generales Técnicos o a las Secretarías Generales Técnicas respectivamente.

DISPOSICION DEROGATORIA UNICA

Derogaciones normativas

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto Foral, y en particular, se deroga expresamente el Decreto Foral 50/1984, de 16...

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