SAP Madrid 438/2006, 11 de Julio de 2006

PonenteAMPARO CAMAZON LINACERO
ECLIES:APM:2006:9434
Número de Recurso29/2006
Número de Resolución438/2006
Fecha de Resolución11 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 14ª

AMPARO CAMAZON LINACERO JUAN UCEDA OJEDA PALOMA MARTA GARCIA DE CECA BENITO

AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 14

MADRID

SENTENCIA: 00438/2006

Rollo: RECURSO DE APELACION 29 /2006

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

AMPARO CAMAZON LINACERO

JUAN UCEDA OJEDA

PALOMA GARCIA DE CECA BENITO

En MADRID, a once de julio de dos mil seis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 14 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 614 /2004, procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de COLLADO VILLALBA, a los que ha correspondido el Rollo 29 /2006, en los que aparece como parte apelante SAMOCAR, S.A. representado por el procurador DON JOSE PEDRO VILA RODRIGUEZ en esta alzada, y como apelado MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA, quien formuló oposición al recurso en base al escrito que a tal efecto presentó, representado por el procurador DON JORGE DELEITO GARCIA en esta alzada, y por último como apelado Gerardo, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. DOÑA AMPARO CAMAZON LINACERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Collado-Villalba, en fecha 16 de febrero de 2005 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es de tenor literal siguiente:

"Que desestimando la demanda interpuesta por la representación de SAMOCAR S.A. contra DON Gerardo Y MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA debo declarar y declaro haber lugar a:

  1. Absolver a los demandados de las pretensiones deducidas en su contra.

  2. Imponer a la actora el pago de las costas procesales ocasionadas a los demandados".

SEGUNDO

Notificada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte apelante SAMOCAR, S.A., al que se opuso la parte apelada MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA, y tras dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la LEC, se remitieron las actuaciones a esta sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

Por Providencia de esta Sección, se acordó para deliberación, votación y fallo el día 4 de julio de 2006.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida.

PRIMERO

La mercantil actora, propietaria del vehículo Citroen Jumper, matrícula 0501 CBV, ejercita acción de responsabilidad civil extracontractual por hecho de tráfico contra el propietario y conductor del vehículo matrícula 0507 BNB, don Gerardo, y contra la aseguradora, Mutua Madrileña Automovilista, alegando que el día 1 de febrero de 2003, cuando circulaba el primer vehículo por la calle La Fuente de Collado-Mediano, fue colisionado, al llegar a la altura de la calle La Oliva, por el segundo vehículo, el cual salía del estacionamiento de la citada calle marcha atrás e invadiendo parte de la vía por la que circulaba la furgoneta Citroen, cuyo conductor no pudo evitar la colisión, causando daños a la furgoneta cuya reparación costó la suma de 627,18 euros. Los demandados se opusieron a la demanda alegando que el vehículo matrícula 0507 BNB se encontraba aparcado en la calle La Oliva, siendo el último coche aparcado en línea antes del cruce con la calle La Fuente, y que su propietario y conductor estaba dentro del vehículo pero parado, siendo colisionado...

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