SAP Murcia 14/2007, 5 de Febrero de 2007

PonenteFERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
ECLIES:APMU:2007:153
Número de Recurso36/2007
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución14/2007
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

MURCIA

SENTENCIA: 00014/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL Rollo 36/2007 - M.JO.

SECCION SEGUNDA J. Murcia nº Tres

MURCIA J. Faltas 638/2005

S E N T E N C I A nº 1 4 / 2 0 0 7

En Murcia, a cinco de febrero de dos mil siete.

Visto por el Ilmo. Sr. Magistrado Don Fernando López del Amo González al haberle correspondido por turno en esta Audiencia Provincial el presente Rollo de apelación nº 36/2007, dimanante de los autos de JUICIO DE FALTAS nº 638/2005, sobre injurias y daños; procedentes del Juzgado de Instrucción de Murcia nº Tres; en el que han intervenido en calidad de apelante Guadalupe, y como apelado el Ministerio Fiscal.

  1. A N T E C E D E N T E S D E H E C H O

PRIMERO

En las actuaciones de que el presente Rollo dimana seguidas por el trámite de Juicio de Faltas en el Juzgado de Instrucción se dictó sentencia con fecha 16 de enero de 2006, cuyos hechos probados establecen: "Sobre las 12.30 horas del día 20 de junio de 2005 Guadalupe salió de su vivienda sita en NUM000 del número NUM001 de la CALLE000 de Murcia y, aproximándose a la puerta de su vecina del NUM002, Begoña y, utilizando un objeto punzante, causó desperfectos en la puerta que no han sido tasados. Acto seguido, Begoña salió para recriminar la acción de su vecina, recibiendo de esta expresiones como que era una borracha, puta y otras de semejante jaez. El día 1 de agosto de 2005 Guadalupe cogió una rata muerta y la depositó delante de la puerta de su vecina Begoña.".

SEGUNDO

El fallo de la mencionada resolución dispone expresamente: "Que debo condenar y condeno a Dª Guadalupe como autor responsable de una falta de DAÑOS prevista y penada en el artículo 625.1 del Código Penal a una pena de 15 días multa a razón de 3 euros/día con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas y como autora responsable de una falta de INJURIAS del artículo 620.2 del Código Penal a la pena de 10 días multa con una cuota diaria de 3 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, así como al pago de las costas procesales y a que indemnice a Doña Begoña en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por los daños ocasionados en la puerta de su vivienda.".

TERCERO

Contra la referida sentencia se interpuso en tiempo y...

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