SAP Barcelona 642/2007, 13 de Diciembre de 2007

PonenteMIREIA RIOS ENRICH
ECLIES:APB:2007:13088
Número de Recurso226/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución642/2007
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN CUARTA

ROLLO Nº 226/07-T

JUICIO VERBAL NÚM. 1023/06

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 3 HOSPITALET LLOBREGAT

S E N T E N C I A Nº 642/2007

Ilmos. Sres.

D. VICENTE CONCA PEREZ

Dª AMPARO RIERA FIOL

Dª MIREIA RIOS ENRICH

En la ciudad de Barcelona, a trece de diciembre de dos mil siete.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal, número 226/07 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia 3 de Hospitalet de Llobregat, a instancia de ROSENDO MILA SL y ZURICH ESPAÑA CIA DE SEGUROS Y REASEGUROS SA, contra VITALICIO SEGUROS y CONTAINERS EVEREST SA ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 16 de enero de 2007, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Debo estimar y estimo la demanda de juicio verbal y por tanto se condena a los demandados a abonar solidariamente la cantidad de 1086'10 euros a la entidad Zurich y la cantidad de 150'25 euros a la entidad Rosendo Mila SL asi como los intereses de las citadas cantidades desde la interposición de la demanda y todo lo anterior con expresa condena en costas a las partes demandadas ".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma ; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 13 de noviembre de 2007.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MIREIA RIOS ENRICH.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El día 27 de octubre de 2.006, la Compañía de Seguros ZURICH ESPAÑA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. presenta demanda de juicio verbal en reclamación de cantidad contra CONTAINERS EVEREST S.A. y contra VITALICIO SEGUROS S.A., por los daños causados el día 8 de septiembre de 2.005 cuando el camión MERCEDES BENZ matrícula B-7063-PL se hallaba haciendo maniobras en el recinto ROSENDO MILÁ con el container cargado, e impactó con la parte superior de la puerta de la nave de la carretera antigua de El Prat número 13, de L'Hospitalet de LLobregat.

En base a lo anterior y atendida la existencia de franquicia, solicita se dicte sentencia por la que se condene a las demandadas CONTAINERS EVEREST S.A. y VITALICIO SEGUROS S.A., a pagar a la Compañía de Seguros ZURICH ESPAÑA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. la cantidad de 1.086,10 euros, más los intereses legales desde la interpelación judicial, y a DON Carlos Manuel la suma de 150,25 euros, más los intereses legales desde la interpelación judicial, y en ambos casos, con la imposición de las costas del procedimiento.

La parte demandada se opone alegando la prescripción de la acción ejercitada, conforme al artículo 1.968 del Código Civil ya que la acción ejercitada se basa en el artículo 1.902 del Código Civil.

Alega la parte demandada que las cartas que se aportan por la actora, documentos 6, 7 y 8, no constan recibidas por lo que no han interrumpido la prescripción.

La sentencia de primera instancia estima la demanda y condena a los demandados a abonar solidariamente a la Compañía de Seguros ZURICH ESPAÑA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. la cantidad de 1.086,10 euros, más los intereses legales desde la interpelación judicial, y a DON Carlos Manuel la suma de 150,25 euros, más los intereses legales desde la interpelación judicial, y en ambos casos, con la imposición de las costas del procedimiento.

Frente a dicha resolución, las demandadas CONTAINERS EVEREST S.A. y VITALICIO SEGUROS S.A. interponen recurso de apelación en el que alegan que es aplicable el artículo 1.968 del Código Civil porque la culpa extrcaontractual no está regulada aun en Catalunya.

La parte demandante impugna el...

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