SAP A Coruña 501/2007, 6 de Noviembre de 2007

PonenteANTONIO MIGUEL FERNANDEZ-MONTELLS FERNANDEZ
ECLIES:APC:2007:2606
Número de Recurso421/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución501/2007
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

LA CORUÑA/A CORUÑA

SENTENCIA: 00501/2007

FERROL Nº 4

Rollo: RECURSO DE APELACION 0000421 /2007

SENTENCIA

Nº 501/07

AUDIENCIA PROVINCIAL

Sección Cuarta

Ilmos. Sres. Magistrados:

JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG

CARLOS FUENTES CANDELAS

ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNANDEZ

En LA CORUÑA/A CORUÑA, a seis de Noviembre de dos mil siete.

Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los señores que al margen se relacionan los presentes autos de juicio verbal civil nº 521/06, sustanciado en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 4 DE FERROL, que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes de una como DEMANDANTE Y APELANTE DON Jose Antonio, representado en primera instancia por el Procurador Sr. Garmendia Díaz y con la dirección del Letrado Sr. Gómez Alvarez y representado en esta instancia por la Procuradora Sra. Pérez García y de otra como DEMANDADA Y APELADA CONSTRUCCIONES M. PITA, S.L., representada en primera instancia por el Procurador Sr. Fariñas Sobrino y con la dirección de la Letrada Sra. Alvarez Rodil y representada en esta instancia por la Procuradora Sra. Díaz Amor; versando los autos sobre RECLAMACIÓN DE REPARACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 4 DE FERROL, con fecha 22-11-06. Su parte dispositiva literalmente dice: FALLO: "Por todo o exposto debo desestimar e desestimo a demanda presentada polo procurador SR. GARMENDIA DIAZ, en ejercicio dunha acción persoal, en nome e representación de DON Jose Antonio,

Non se realiza condena en custas".

SEGUNDO

Contra la referida resolución por EL DEMANDANTE, se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a ponencia para resolución.

TERCERO

Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNANDEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia de instancia desestimatoria de la demanda, interpone recurso de apelación la representación de la parte demandante, suplicando su revocación, alegando errónea valoración de la prueba practicada en cuanto que de su resultado ha quedado acreditada la realidad del derrumbe del muro de piedra de su propiedad, que alega se produjo por el paso de maquinaria pesada y camiones con suministros de materiales para la obra que llevaba a cabo la demandada hacia la finca de un tercero.

SEGUNDO

Para la debida resolución del recurso apelación ha de partirse, que corresponde a la parte demandante, hoy apelante, la carga de probar la existencia de los hechos constitutivos de su pretensión en cuanto se ejercita una acción de responsabilidad extracontractual, una vez que ha sido negado con rotundidad por la demandada. Y esa prueba habrá de abarcar no sólo la existencia del hecho causante, el lugar y las circunstancias en que se produjo, los daños que sean consecuencia del mismo, y la implicación culposa de la demandada con la debida acreditación de la debida relación de causalidad de la culpa y el daño.

Para la prosperabilidad de la demanda se exige la plena acreditación de la relación de causalidad entre el paso de maquinas y camiones de la entidad constructora demandada por el camino donde se encuentra en uno de sus márgenes el muro del demandante, la conducta culposa del agente, y el resultado dañoso producido. Y esta necesidad de demostración no queda desvirtuada por la teoría del riesgo, la objetivación de la responsabilidad o la inversión de la carga de la prueba, pues el cómo y el porqué se produjo el daño constituyen elementos indispensables en el examen de la causa eficiente del evento dañoso, de tal modo que la responsabilidad se desvanece si el expresado nexo causal no ha podido concretarse, por...

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