ORDEN 56/2014, de 1 de julio, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan ayudas económicas para la realización de proyectos de investigación e innovación educativa sobre el desarrollo del currículo durante el curso académico 2014-2015.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, en el artículo 1.n reconoce como uno de los principios básicos del sistema educativo el fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa.

De acuerdo con el artículo 90 de la misma ley, las comunidades autónomas podrán reconocer la labor didáctica o de investigación del profesorado, y facilitar la difusión entre los distintos centros escolares de los trabajos o experiencias que hayan merecido el mencionado reconocimiento por su calidad y esfuerzo. El artículo 121.3 recoge que corresponde a las administraciones educativas contribuir al desarrollo del currículo favoreciendo la elaboración de modelos abiertos de programación docente y de materiales didácticos que atiendan las distintas necesidades del alumnado y del profesorado.

Por su parte, los diferentes decretos por los que se establecen los currículos para la Educación Infantil, la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, disponen que la Consellería de Educación, Cultura y Deporte favorecerá la elaboración de proyectos de innovación que faciliten al profesorado el desarrollo del currículo. De la misma manera, los reales decretos de currículo de los ciclos formativos de Formación Profesional plantean la necesidad de fomentar aquellas actuaciones que permiten avanzar hacia un sistema integrado de formación profesional capaz de mantenerse permanentemente adaptado a las necesidades sociales, económicas y profesionales.

La Consellería de Educación, Cultura y Deporte, interesada en promover la creatividad, la investigación educativa, la innovación en la práctica docente, así como la innovación curricular, didáctica y de organización en los centros docentes, da apoyo a los equipos docentes en la elaboración de proyectos de investigación e innovación, estimula la elaboración de materiales didácticos adecuados a la realidad socioeducativa de los centros e incentiva el desarrollo de experiencias educativas que por su carácter ejemplar puedan, mediante su difusión, ser un apoyo para otros centros y un estímulo en la mejora continua de la práctica educativa.

Por todo ello, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el Decreto 190/2012, de 21 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte (DOCV 6929, 24.12.2012), vista la propuesta de la directora general de Innovación, Ordenación y Política Lingüística, y de conformidad con esta,

ORDENO

Primero. Objeto

Se convoca un concurso público de ayudas económicas 2014 para la realización de proyectos de investigación e innovación educativa sobre el desarrollo del currículo y se aprueban las bases por las que se regirá la convocatoria, que figuran como anexo I, el modelo de solicitud del anexo II, así como los anexos III, IV, V y VI.

Segundo. Financiación

  1. Las cantidades concedidas a los proyectos seleccionados tendrán la finalidad de ayudar a sufragar totalmente o parcialmente los gastos que genere su realización, siempre que estos no impliquen una inversión o adquisición de material inventariable.

  2. La financiación de estas cantidades asignadas a los centros docentes públicos, con carácter de gasto extraordinario de funcionamiento, se abonarán a cargo del capítulo II del programa presupuestario 421.50, del presupuesto de la Generalitat del año 2014, por un importe global máximo de 160.000 euros.

  3. La financiación de estas cantidades, destinadas a centros docentes privados concertados con carácter de subvención, se abonará a cargo del

capítulo IV de la línea de subvención T6968000 del programa 421.50, del presupuesto de la Generalitat del año 2014, por un importe global máximo de 90.000 euros.

Tercero. Fase de realización de los proyectos

Los proyectos seleccionados se desarrollarán durante el curso escolar 2014-2015.

Cuarto. Supervisión de los proyectos

La Inspección de Educación supervisará la realización de los proyectos en los centros educativos sujetos a la presente orden. Los Cefire de referencia de cada centro educativo deberán estar informados del proyecto y por tanto deberán recibir la documentación que dicta el anexo I, base quinta, punto seis, en el plazo establecido en la base tercera del mismo anexo I.

Quinto. Incorporación del procedimiento a la tramitación telemática

Conforme a lo dispuesto en el Decreto 18/2004, de 13 de febrero, del Consell de la Generalitat, de creación del Registro Telemático y regulación de las notificaciones telemáticas de la Generalitat, se incorporan los procedimientos recogidos en esta orden al anexo del mencionado Decreto 18/2004 como procedimiento susceptible de tramitación a través del registro electrónico de la Generalitat.

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Se delega en la directora general de Innovación, Ordenación y Política Lingüística la facultad de resolver la convocatoria y conceder las ayudas a los proyectos seleccionados, y se le autoriza a adoptar las medidas oportunas para el cumplimiento y la aplicación de esta orden, y también para resolver y notificar todas las incidencias que se plantean en la interpretación y ejecución de esta.

Segunda

Que las ayudas convocadas por la presente convocatoria no precisan notificación a la Comunidad Europea al no reunir los requisitos del artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), según dispone el Decreto 147/2007, de 7 de septiembre, del Consell, ya que las mismas no suponen ventaja económica alguna dado que las entidades a las que va dirigidas las subvenciones no desarrollan actividades económicas en las que se oferten al mercado bienes o servicios, por lo que no existe posibilidad de falseamiento de la competencia.

Tercera

Esta orden producirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

De conformidad con lo establecido en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10, 14 y 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, los centros privados concertados podrán interponer un recurso potestativo de reposición o plantear directamente un recurso contencioso-administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

a) El recurso de reposición deberá interponerse ante la consellera de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

b) El recurso contencioso-administrativo se deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Valencia, 1 de julio de 2014

La consellera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA JOSÉ CATALÁ VERDET

ANEXO I

Bases del concurso de ayudas económicas para la realización de proyectos de investigación e innovación educativa sobre el desarrollo del currículo durante el curso académico 2014-2015

Primera. Objetivos

Los objetivos de la presente convocatoria son los siguientes:

- Fomentar y promover la investigación y la innovación educativa como principios de calidad del sistema educativo.

- Incentivar el proceso de investigación e innovación docente a partir de la práctica en el desarrollo del currículo, como vía de actualización profesional del profesorado.

- Promover la consolidación de equipos docentes innovadores.

- Favorecer la elaboración de proyectos que incluyan innovaciones en el desarrollo del currículo, así como en la organización y gestión de los centros docentes, en uso de su autonomía pedagógica.

- Estimular acciones creativas que propicien el éxito escolar y eviten el abandono del alumnado, en todos los niveles educativos no universitarios.

- Incrementar la competencia comunicativa y lingüística del alumnado en las lenguas cooficiales, así como en las lenguas extranjeras implantadas en el sistema educativo valenciano.

- Promover las metodologías activas y los aprendizajes basados en las competencias básicas.

Segunda. Destinatarios

Podrán participar en la convocatoria los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana que impartan enseñanzas no universitarias.

Tercera. Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana hasta el día 31 de julio de 2014.

Cuarta. Condiciones de participación

  1. Los centros que participen en esta convocatoria deberán presentar un único proyecto de innovación educativa para ser desarrollado durante el curso académico 2014-2015.

  2. El proyecto podrá presentarse en cualquiera de las...

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