DECRETO 190/2012, de 21 de diciembre, del Consell, por el que aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Educación, Cultura y Deportes.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

El Decreto 19/2012, de 7 de diciembre, del President de la Generalitat, por el que se determinan las consellerias en que se organiza la administración de la Generalitat, fija el número y denominación de las consellerias, entre las que se halla la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, con competencias en materia de educación, formación profesional reglada, universidades y ciencia, promoción y patrimonio cultural, política lingüística y deporte.

Por su parte, el Decreto 179/2012, de 14 de diciembre, del Consell, establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat.

Por el presente reglamento se procede, en consecuencia, a desarrollar la estructura orgánica y funcional de la conselleria de Educación, Cultura y Deporte, determinando los órganos superiores y centros directivos que la componen, las funciones que respectivamente se les atribuyen y las unidades administrativas que se adscriben a cada uno de aquellos.

Por todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos

28.f y 64 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell (en adelante Ley del Consell), a propuesta de la consellera de Educación, Cultura y Deporte, y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 21 de diciembre de 2012, decreto:

TÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 3
Artículo 1 Disposiciones generales

1. La conselleria de Educación, Cultura y Deporte es del departamento del Consell al que corresponde ejercer las competencia en materia de educación, formación profesional reglada, universidades y ciencia, promoción y patrimonio cultural, política lingüística y deporte, a excepción de las relativas a bandas de música, sociedades musicales y pilota valenciana.

2. Territorialmente, la conselleria se organiza en servicios centrales, que extienden su competencia a todo el ámbito de la Comunitat Valenciana, y en direcciones territoriales, con competencia de ámbito provincial.

Artículo 2 Órganos superiores y centros directivos

La Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, bajo la autoridad de la persona titular de la conselleria, está integrada por los siguientes órganos superiores y centros directivos:

1. Secretaría Autonómica de Educación y Formación.

2. Secretaría Autonómica de Cultura y Deporte.

3. Subsecretaría.

4. Dirección General de Centros y Personal Docente.

5. Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística.

6. Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial.

7. Dirección General de Universidad, Estudios Superiores y Ciencia.

8. Dirección General de Cultura.

9. Dirección General del Deporte.

Artículo 3 Sustituciones

En los casos de ausencia o enfermedad de la persona titular del departamento, será de aplicación lo dispuesto en el apartado i del artículo 12 de la Ley del Consell. Hasta que se resuelva la sustitución, las funciones de aquél o aquélla como titular del departamento serán ejercidas temporalmente por los titulares de las secretarías autonómicas, subsecretaría o direcciones generales, a excepción de las que le corresponden como miembro del Consell, siguiendo el orden de prelación previsto en el artículo 2 del presente reglamento.

Dicho orden será de aplicación asimismo, a efectos de su sustitución, para las secretarías autonómicas, subsecretaría y direcciones generales.

Lo que establecen los párrafos anteriores se entiende sin perjuicio de lo que, en su caso, disponga la persona titular de la conselleria mediante resolución.

TÍTULO II Artículos 4 a 28

De la estructura y funciones de los órganos superiores directivos y servicios centrales de la conselleria

CAPÍTULO I Artículos 4 y 5

De la persona titular de la conselleria

Sección primera Artículo 4

De la persona titular de la conselleria

Artículo 4 De las atribuciones de la persona titular de la conselleria

1. El conseller o consellera de Educación, Cultura y Deporte es el órgano jerárquico superior del departamento, y ejerce todas las atribuciones conferidas por la Ley del Consell, así como cualquier otra que le otorgue el ordenamiento jurídico en el ámbito competencial asignado a la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte.

2. La persona titular de la conselleria, bajo la superior autoridad del Consell, asume la representación orgánica de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte ante toda clase de instituciones públicas y privadas.

Sección segunda Artículo 5

De las unidades que dependen directamente de la persona titular de la conselleria

Artículo 5 De los gabinetes

1. El gabinete de la persona titular de la conselleria es la unidad de apoyo, asesoramiento y asistencia inmediata al titular del departamento, de quien depende directamente.

2. El gabinete de la persona titular de la conselleria tiene a su cargo el mantenimiento de las relaciones del titular del departamento con los altos órganos e instituciones de la Generalitat, del Estado y de las demás administraciones públicas, así como el desarrollo de cuantas funciones se le encomiende.

3. Igualmente, depende funcionalmente de la persona titular de la conselleria y orgánicamente de la Subsecretaría, la Subdirección General del Gabinete Técnico, al que le corresponden las funciones concernientes a asesoramiento técnico, informes, estudios, documentación y seguimiento parlamentario.

4. La Subdirección General del Gabinete Técnico se estructura en los siguientes servicios:

  1. Servicio de Informes y Actividad Parlamentaria, al que le corresponde asesorar, con arreglo a criterios de competencia técnica y desde una perspectiva pluridisciplinar, a la persona titular del departamento, elaborar y analizar la información y documentación sobre las materias propias de la conselleria, preparando los informes y estudios técnicos y memorias necesarios, proponer y tramitar las actuaciones de la conselleria relacionadas con la actividad parlamentaria.

  2. Servicio de Documentación, Publicaciones y Estadística departamental, al que le corresponde gestionar las bases de datos documentales de interés para la conselleria, colaborar en el tratamiento, organización y recuperación de la documentación relevante para el desarrollo de las funciones de asesoramiento correspondientes a la Subdirección General, proponer y elaborar publicaciones y estadísticas en materia de la Conselleria.

CAPÍTULO II Artículos 6 a 24

De las secretarías autonómicas

Sección 1ª Artículos 6 a 16

De la Secretaría Autonómica de Educación y Formación

Artículo 6 Secretaría Autonómica de Educación y Formación

1.La Secretaría Autonómica de Educación y Formación es el órgano superior de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte que asume,

bajo la superior dirección de la persona titular de la conselleria, las funciones que le atribuye el artículo 68 de la Ley del Consell en materia de política de enseñanza, educación, formación profesional reglada, las cualificaciones profesionales, universidad y formación superior, investigación, innovación y ciencia, transferencia ciencia-tecnología, política lingüística y personal docente. Asimismo, asume directamente la superior jefatura de la inspección educativa, y la planificación, programación y gestión de las infraestructuras educativas

2. La Secretaría Autonómica de Educación y Formación dirigirá, impulsará y coordinará las relaciones institucionales con otras entidades públicas o privadas, sin perjuicio de las atribuciones legales y reglamentarias de otros órganos de la administración de la Generalitat.

3. De la Secretaría Autonómica de Educación y Formación dependen los siguientes centros directivos:

  1. Dirección General de Centros y Personal Docente.

  2. Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística

  3. Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial.

  4. Dirección General de Universidad, Estudios Superiores y Ciencia.

    4. Quedan adscritos a la Secretaría Autonómica de Educación y Formación las siguiente unidades administrativas:

    4.1. La Inspección General de Educación, a la que se asignan las siguientes funciones:

  5. Planificar, supervisar e impulsar la inspección sobre todos los centros, servicios, programas y actividades que integran el sistema educativo no universitario, tanto públicos como privados, en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

  6. Regular y potenciar normativamente las actuaciones de la inspección educativa en los centros educativos.

  7. Asegurar el cumplimiento de las leyes, la garantía de los derechos y la observancia de los deberes de la comunidad educativa en su conjunto.

  8. Colaborar en la mejora del sistema educativo y la calidad de la enseñanza, en el ámbito de sus competencias y en los términos que reglamentariamente se establezcan.

  9. Coordinar las unidades administrativas territoriales que ejercen estas funciones y planificar la formación continua de los inspectores e inspectoras de educación adscritos a estas unidades.

  10. Impulsar y llevar a cabo la evaluación, tanto interna como externa, de los centros docentes no universitarios y colaborar en la evaluación diagnóstica en los términos que se establezcan.

  11. Coordinar, a instancias de los órganos competentes, la participación de la inspección educativa en el estudio de las necesidades educativas y en la planificación, coordinación, gestión y supervisión de los recursos educativos correspondientes.

    4.2. El Servicio de Infraestructuras, al que le corresponden las siguientes funciones:

  12. Redacción, gestión...

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