STSJ Castilla y León 1567, 20 de Marzo de 2006

PonenteJUAN JOSE CASAS NOMBELA
ECLIES:TSJCL:2006:1567
Número de Recurso119/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1567
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL VALLADOLID SENTENCIA: 00119/2006 Rec. núm. 119/06 Ilmos. Sres.

D. Gabriel Coullaut Ariño Presidente D. Manuel María Benito López D. Juan José Casas Nombela En Valladolid a veinte de marzo de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 119 de 2006, interpuesto por RESTAURACIONES SANTA CRUZ, S.L. contra sentencia del Juzgado de lo Social núm. Dos de León (autos 493/05) de fecha 24 de octubre de 2005 dictada en virtud de demanda promovida por D. Eugenio contra referida recurrente sobre CANTIDAD, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Juan José Casas Nombela.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 7 de julio de 2005, se presentó en el Juzgado de lo Social número Dos de León, demanda formulada por el actor, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes:

Primero.- El actor prestó servicios para la empresa demandada con las circunstancias que se señalan en el hecho primero de la demanda que se da aquí por reproducido.

Segundo.- Reclama las cantidades y por los conceptos señalados en el hecho tercero de la demanda y que asciende como principal a 8931,91 . Tercero.- Se celebró conciliación sin efecto el 1/07/05, se interpuso demanda el 6/7/05

TERCERO

Interpuesto Recurso de Suplicación contra dicha sentencia por la demandada, fue impugnado por el actor. Elevados los Autos a esta Sala, se designó

Ponente, acordándose la participación a las partes de tal designación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- La sentencia del Juzgado de lo Social número Dos de los de León, de 24 de octubre de 2005 , estimó la demanda deducida por D. Eugenio frente a la empresa Restauraciones Santa Cruz, S.L., y condenó a ésta a abonar a aquél la suma de 8931,91 euros, más un 10% de interés por mora en cómputo anual. El citado pronunciamiento se dictó inaudita la parte demandada ante su incomparecencia al acto de juicio.

Se recurre en suplicación la sentencia de León por la patronal en la misma condenada, quien interesa en un único motivo de recurso, cobijado en la letra a) del artículo 191 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social , la reposición de los autos al momento de la citación o convocatoria de las partes para el acto de juicio, por entenderse preteridas normas y garantías procesales generadoras de indefensión.

Y la infracción que se estima cometida se sitúa en la diligencia de notificación a Restauraciones Santa Cruz de su convocatoria a juicio, diligencia que se practicó mediante la entrega por agente judicial de la resolución que contenía tal convocatoria, y entrega que se efectuó en el domicilio de la empresa a persona distinta a su destinatario y sin consignar en la diligencia la relación del receptor de la resolución que convocaba a la vista con el destinatario de la cédula. A partir de ello, la incomparecencia a juicio de Restauraciones Santa Cruz y el precipitado de ello en que consistió la emisión de un pronunciamiento de condena sin...

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