STSJ Asturias , 12 de Septiembre de 2003

PonenteFRANCISCO JAVIER GARCIA GONZALEZ
ECLIES:TSJAS:2003:3922
Número de Recurso3418/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2003
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL NIG: 33044 4 0103815 /2003, MODELO: 46050 TIPO Y N° DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 3418/2002 MATERIA: RECLAMACIÓN CANTIDAD RECURRENTE/s: CONSEJERIA DE ASUNTOS SOCIALES RECURRIDO/s: Rosa JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JUZGADO DE LO SOCIAL n° 1 de GIJÓN DEMANDA 687/2002 Sentencia número: 2684/03 Ilmos. Sres.

D. FRANCISCO JAVIER GARCÍA GONZÁLEZ D. JORGE GONZÁLEZ RODRÍGUEZ Dª CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ En OVIEDO a doce de septiembre de dos mil tres, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres citados, EN NOMBRE DE SM. EL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 3418/2002, formalizado por el/la Letrado de la Comunidad, en nombre y representación de la CONSEJERIA DE ASUNTOS SOCIALES, contra la sentencia de fecha dos de octubre de dos mil dos, dictada por el JUZGADO. DE LO SOCIAL n° 1 de GIJÓN en sus autos número 687/2002, seguidos a instancia de Rosa representada por el Letrado D. JUAN MUÑIZ JUNQUERA frente a la CONSEJERIA DE ASUNTOS SOCIALES, parte demandada, en reclamación por crédito retributivo, siendo Magistrado-Ponente el Iltmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER GARCÍA GONZÁLEZ, y deduciéndose de las actuaciones los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha dos de octubre de dos mil dos por la que se estimaba en parte la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos probados se establecen los siguientes:

  1. - La actora, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de su demanda, comenzó a prestar servicios por cuenta y bajo la dependencia de la Consejería demandada por medio de sucesivos contratos a tiempo parcial de interinidad celebrados los día 12 de abril del año 2001, finalizado el 19 de agosto del mismo año; 25 de agosto de 2001 hasta el 12 de enero de 2002; el 12 de enero de 2002 a 13 de enero de 2002 y 19 de enero de 2002, con la categoría profesional de educadora, grupo C, nivel XV, percibiendo un salario bruto durante ese tiempo de 13.587,21 euros y realizando sus funciones en el centro de trabajo Casa infantil juvenil "Colloto", centro adscrito al Instituto Asturiano de atención a la infancia, familia y adolescencia de la Consejería de Servicios Sociales.

  2. - La actora realiza las siguientes funciones: Participación en la elaboración del Proyecto educativo del centro; elaboración de programas educativos individuales anuales de los menores residentes; confección de informes y evaluaciones mensuales de los menores; ejercer de tutor de los menores; ayudar en el estudio diario, con especialización por asignaturas, incluyendo idiomas; asistencia a reuniones en el centro escolar con equipos de tutores, personal de apoyo y orientación; programación y desarrollo de actividades culturales, recreativas y de tiempo libre de los menores; confección y puesta al día del expediente personal de los menores asignados en tutoría; participación en las instancias colegiadas del Centro en representación del equipo educativo; cumplimenta cuantos informes le soliciten los órganos competentes, sobre la evolución de los menores encomendados participando en las reuniones de evaluación; orientación del menor en la búsqueda de empleo conforme a las potencialidades del mismo y sociales comunitarias; apoyo en el proceso de independización del menor, elección de vivienda, administración de recursos económicos, nutricionales, higiene y relaciones socio-comunitarias; seguimiento directo y continuo del proceso de independencia; asistencia, colaboración con profesionales en las terapias psicológicas de los menores; información y educación sexual; detección y tratamiento familiares; ayuda y orientación a los familiares- menor; explicar al menor a su ingreso en el Centro el Reglamento de régimen interno y disciplinario, el Proyecto Educativo y sus...

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