STSJ Murcia 932/2005, 14 de Septiembre de 2005
Ponente | JOSE LUIS ALONSO SAURA |
ECLI | ES:TSJMU:2005:835 |
Número de Recurso | 762/2005 |
Número de Resolución | 932/2005 |
Fecha de Resolución | 14 de Septiembre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Social |
JOSE LUIS ALONSO SAURAJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL
MURCIA
SENTENCIA: 00932/2005
ROLLO Nº: RSU 762/2005
SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA
En MURCIA, a catorce de septiembre del dos mil cinco.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GOMEZ, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente:
S E N T E N C I A
En el recurso de suplicación interpuesto por OLIVER DESIGN, S.L., contra la sentencia número 123/05 del Juzgado de lo Social número Uno de Cartagena, de fecha 30 de marzo del 2005, dictada en proceso número 874/04, sobre CONTRATO DE TRABAJO, y entablado por D. Jose Manuel frente TECNICAS NAVALES INTEGRALES, OLIVER DESIGN, S.L. y FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.
La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO. El demandante ha venido prestando servicios para la empresa demandada "Técnicas Navales Integrales, S.L." desde el 3 de diciembre de 2.003 hasta el 9 de julio de 2.004, fecha en la que el trabajador fue despedido por la empresa. SEGUNDO. El demandante ostentaba la categoría profesional de oficial de primera y percibía un salario mensual de 4.288,48 euros. TERCERO. El actor prestó servicios en los trabajos de reparación del buque "Hespérides", que fueron adjudicados a la empresa "Oliver Design, S.L." y realizados en la unidad de reparaciones de la empresa "Izar" en Cartagena. CUARTO. En las citadas obras de reparación intervinieron diversas empresas, entre las cuales se encontraba "Técnicas Navales Integrales, S.L.". QUINTO. La entidad OLIVER DESIGN subcontrató con TECNAIN la ejecución del suministro e instalación de los circuitos de tubería del buque HESPÉRIDES. SEXTO. La empresa "Técnicas Navales Integrales, S.L." tiene por objeto social la reparación, mantenimiento, pintura, limpieza y accesorios de decoración de buques, embarcaciones y artefactos flotantes. SÉPTIMO. La empresa "Oliver Design, S.L." tiene por objeto social los servicios técnicos de ingeniería y arquitectura entre otros. OCTAVO. Las empresas demandadas no han abonado al demandante las cantidades correspondientes a los conceptos y períodos siguientes: -Salario de los días 1 a 9 de julio, 1.286,54 ¤. -Vacaciones no disfrutadas (16 días), 2.010,66 ¤. -Parte proporcional pagas extraordinarias, 2.379,48 ¤. NOVENO. El demandante presentó solicitud de conciliación ante el S.M.A.C., que se tuvo por intentada sin efecto."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por D. Jose Manuel, condeno solidariamente a las empresas "TÉCNICAS NAVALES INTEGRALES, S.L." y "OLIVER DESIGN, S.L." a pagar al demandante la cantidad de CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS EUROS CON SESENTA Y OCHO CÉNTIMOS (5.676,68 ¤) más el interés del 10% anual calculado en la forma expuesta en el fundamento de derecho tercero de esta resolución, y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera corresponder al Fondo de Garantía Salarial en los términos previstos en nuestro ordenamiento jurídico.".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado D. BORJA LLONA GARCIA, en representación de la parte demandada OLIVER DESIGN, S.L., con impugnación de contrario de D. Jose Manuel, representado por D. JOSE LUIS MARTINEZ VELA.
FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor, D. Jose Manuel, presentó demanda, solicitando: "tenga por presentado en tiempo y forma este escrito, por hechas cuantas alegaciones en el se contienen y de esta forma, por interpuesta demanda de reclamación de cantidad contra los arriba citados y, previo los...
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