SAP Madrid 299/2007, 14 de Mayo de 2007
Ponente | JUAN VICENTE GUTIERREZ SANCHEZ |
ECLI | ES:APM:2007:4767 |
Número de Recurso | 35/2006 |
Número de Resolución | 299/2007 |
Fecha de Resolución | 14 de Mayo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 20
MADRID
SENTENCIA: 00299/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN 20ª
SENTENCIA Nº
Rollo: RECURSO DE APELACION 35 /2006
Ilmos. Sres. Magistrados:
JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ
RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON
JOSÉ MARIA SALCEDO GENER
En MADRID, a catorce de mayo de dos mil siete.
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 1115/2003, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 35 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 35/2006, en los que aparece como parte apelante DIONISIOS CENTER S.L., representado por la procuradora Dª FUENCISLA MARTINEZ MINGUEZ, y como apelado Carlos Alberto, representado por el procurador D. JOSE RAMON REGO RODRIGUEZ, sobre reclamación de cantidad, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 35 de Madrid, en fecha 21 de enero de 2.004, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por el Procurador D. JOSÉ RAMÓN REGO RODRÍGUEZ en nombre y representación de D. Carlos Alberto, contra DIONISIO'S CENTER S.L., debo CONDENAR Y CONDENO a la citada parte demandada a abonar a la parte actora la suma de MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE EUROS CON UN CÉNTIMO (1.139,1 euros), así como los intereses a los que se refiere el fundamento de derecho segundo. Condenando igualmente al pago de las costas procesales causadas a la parte demandada.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la apelada, que presentó escrito oponiéndose al recurso formulado de contrario. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para la deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en aquello que no se opongan a los de la presente debiendo ser sustituidos en lo necesario.
El distribuidor en exclusiva de la marca de cervezas Mahou ejercita en el presente procedimiento una acción en reclamación de 1.139,01 euros, frente a la entidad "DIONISIO´S CENTER, S.L." que entiende le es debida como consecuencia del suministro que ha efectuado de la citada bebida cuyas facturas no han sido abonadas por la demandada. A dicha pretensión se opone la demandada admitiendo el suministro, pero negando deber el importe reclamado por cuanto entiende que sobre esas cantidades debe efectuarse una liquidación descontando las cantidades que por Rappel le corresponden, en base al contrato que en su día suscribió con la entidad Mahou y respecto del cual ha existido una novación modificativa, en virtud de la cual el demandante asumió la obligación de efectuar los correspondientes descuentos.
La sentencia de primera instancia estima íntegramente la demanda y frente a ella interpuso recurso de apelación la entidad demandada, alegando como motivo de impugnación error en la apreciación y valoración de la prueba y error de derecho al no apreciar la existencia de novación modificativa, lo que a su...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba