SAP Guipúzcoa, 26 de Marzo de 2001

PonenteJOSE LUIS EDUARDO MORALES RUIZ
ECLIES:APSS:2001:559
Número de Recurso3482/2000
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Guipúzcoa, Sección 3ª

SENTENCIA NºILMOS. SRES.

D. JUAN PIQUERAS VALLS

Dña. JUANA MARIA UNANUE ARRATIBEL

D. JOSE LUIS EDUARDO MORALES RUIZ

En DONOSTIA - SAN SEBASTIAN, a veintiséis de Marzo de Dos mil uno.

La Iltma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituída por los Sres. que al margen se expresan, ha visto, en trámite de apelación los presentes autos civiles de juicio Verbal, seguidos con el número 1366/99 en el Juzgado de Primera Instancia número seis de los de San Sebastián a instancia de GES SEGUROS Y REASEGUROS S.A., (demandado-apelante) representado por la procuradora Sra. Zaldua y defendido por el Letrado Iñigo Arozamena Irazu contra D. Carlos Ramón (demandante-apelado) representado por el Procurador Sr. Bozal y defendido por el Letrado Luis Herreros Camacho, D. Rodolfo y LA VASCO NAVARRA S.A. ESPAÑOLA DE SEGUROS Y REASEGUROS (demandados/apelantes) representados por la Procuradora Sra. Aranguren y defendidos por la Letrada Miren Arantzazu Ugalde Egaña; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el mencionado Juzgado de fecha veinticuatro de julio de 2000.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número seis de los de San Sebastián , se dictó sentencia con fecha veinticuatro de julio de 2000 , que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando la demanda presentada por el Sr. BOZAL, en representación de D. Carlos Ramón , frente a D. Rodolfo , D. Benedicto , LA VASCO NAVARRA S.A DE SEGUROS Y REASEGUROS, y G.E.S. SEGUROS Y REASEGUROS SA, debo condenar y condeno a D. Rodolfo y su aseguradora LA VASCO NAVARRA SA.DE SEGUROS Y REASEGUROS a que abonen al actor la cantidad de 49.905.- pesetas, y a D. Benedicto y su aseguradora G.E.S. SEGUROS Y REASEGUROS SA., a que abonen al actor la cantidad de 149.715. pesetas, más los intereses en la forma especificada en el Fundamento de Derecho Quinto de la presente resolución, así como a las costas procesales causadas en dicha indicada proporción.

Que estimando la demanda presentada por la procuradora Sra. Aranguren, en nombre y representación de D. Rodolfo frente a D. Benedicto y G.E.S. SEGUROS Y REASEGUROS SA, debo condenar y condeno a estos a que abonen a la actora la cantidad de 711.774.- pesetas, más los intereses en al forma que se señala en el Fundamento de Derecho Quinto de la presente resolución, así como a las costas procesales causadas".

SEGUNDO

Notificada a las partes la resolución de referencia, se interpueso recurso de apelación contra ella, que fué admitido y previa la formulación por las partes de los oportunos escritos de alegaciones, se elevaron los autos a este Tribunal, dictandose resolución señalando dia para la deliberación , votacion y fallo.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han observado los trámites y formalidades legales.

VISTO.- Siendo Ponente en esta instancia el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS EDUARDO MORALES RUIZ.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los Fundamentos Jurídicos de la sentencia recurrida y,

PRIMERO

La parte apelante, invoca sustancialmente como motivo de su recurso, error en la apreciación de la prueba, en la primera instancia, así se deduce del escrito de interposición, aún cuando no se invoque expresamente. Error contraído en cuanto al proceso instado por Don Carlos Ramón ( autos 1366/99) a la fijación de cuotas de responsabilidad en un 75 % al conductor Don Benedicto , asegurado por la recurrente GES, SEGUROS y REASEGUROS S.A. y en un 25 % al conductor Don Rodolfo , asegurado por la VASCO NAVARRA S.A., sosteniendo que dicha responsabilidad debe ser atribuida en un 50 % a cada uno de los nombrados.

Y, al proceso instado por Don Rodolfo ( autos 112/00) sostiene que la sentencia apelada, haconcedido al perjudicado un importe indemnizatorio superior al valor venal del vehículo. E, interesa la revocación de la sentencia y el dictado de otro, de conformidad con el Suplico por ella deducida en la fase declarativa.

Las representaciones procesales de Rodolfo y de la aseguradora VASCO NAVARRA S.A. y de Don Carlos Ramón , impugnan el recurso e interesan la íntegra confirmación de la sentencia recurrida, con imposición de las costas...

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