SAP Madrid 355/2006, 12 de Septiembre de 2006

PonenteROSA MARIA CARRASCO LOPEZ
ECLIES:APM:2006:11921
Número de Recurso586/2004
Número de Resolución355/2006
Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 21ª

ROSA MARIA CARRASCO LOPEZ GUILLERMO RIPOLL OLAZABAL MARIA ALMUDENA CANOVAS DEL CASTILLO PASCUAL

AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 21

MADRID

SENTENCIA: 00355/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 21

1280A

Tfno.: C/ FERRAZ, 41 Fax: 913971838-39-41-42

N.I.G. 28000 1 7008727 /2004

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 586 /2004

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 836 /2002

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 14 de MADRID

Ponente: ILMA SR DÑA ROSA MARIA CARRASCO LOPEZ

AP

De: Ángel Daniel

Procurador: MARIA DEL CARMEN HONDARZA UGEDO

Contra: A96 CURSA S.L.

Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

SENTENCIA

MAGISTRADOS Ilmos Sres.:

D. Guillermo Ripoll Olazábal

Dª. ROSA MARIA CARRASCO LOPEZ

Dª. Almudena Cánovas del Castillo Pascual

En Madrid a doce de septiembre de dos mil seis.

La Sección Vigésimoprimera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario sobre incumplimiento de contrato de compraventa de parcela y ejecución material de obras de vivienda aislada e indemnización de daños y perjuicios, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 14 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante D. Ángel Daniel, y de otra, como apelado A 96 Cursa S.L.

VISTO, siendo Magistrado Ponente la ILMA. SRA. DÑA ROSA MARIA CARRASCO LOPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

La sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 14 de Madrid, en fecha cuatro de diciembre de dos mil tres, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando, en parte, la demanda interpuesta por la Procuradora Dª MARIA CARMEN HONDARZA UGEDO, en nombre de D. Ángel Daniel contra A 96 CURSA, S.L.,debo condenar y condeno a esta demandada, a pagar a la actora, la cantidad de OCHO MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO EUROS CON OCHENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (8.174,84 euros ), más los intereses legales a contar de la presentación de la demanda. Todo ello sin hacer expresa condena en costas."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, admitido en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada, quién se opuso en tiempo y forma. Elevándose los autos junto con oficio ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de cuatro de octubre de dos mil cuatro, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, señalándose para deliberación, votación y fallo el día once de septiembre de dos mil seis.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

D. Ángel Daniel interpuso demanda contra A96 CURSA S.L, promotora con quien suscribió el 21 de junio de 2000 contrato privado de compra de parcela y ejecución material de obra en la urbanización "Balcón de Perales" (Villanueva de Perales, Madrid), a quien imputó haber incumplido lo pactado tanto en ese contrato como en las dos ampliaciones de obra habidas, porque no solo no ejecutó el total de las obras de ampliación, sino que lo ejecutado lo hizo de forma incorrecta, y sin cumplir los plazos estipulados.

Afirmaba en su demanda que toda esa conducta incumplidora e irregular a su vez le había causado daños y perjuicios, y por ello reclamaba en el suplico que se condenara a aquélla a pagarle:

"a)8.738,84 euros en concepto de parte de las ampliaciones de la vivienda abonadas en su totalidad... y no abonadas por la demandada.

b)4.864,20 euros en concepto de indemnización de daños y perjuicios económicos y morales.

c)18.000 euros en cuanto la perjudicación del préstamo más gastos de comisión de apertura, de inscripción en el Registro de la Propiedad y gastos notariales.

d)3.606,06 euros para abonar el seguro decenal que debería abonar la demandada.

e)568,86 euros correspondientes a los gatos notariales y gastos de ayuntamiento en que ha tenido que incurrir esta parte debido al actuar negligente de la demandada.

f)Cantidades percibidas a cuenta por la demandada y que ascienden a 39.246,09 euros mas un 6% de interés anual según fija la L.O.E por remisión a la ley 57/1968.

g) Intereses legales y costas".

SEGUNDO

La acción indemnizatoria planteada por la parte en los términos antes expuestos fue estimada solo en parte condenando a la promotora el tribunal de instancia a abonar por los daños sufridos la cantidad de 8.174,84 euros más intereses legales. Esta cantidad es el resultado de cuantificar el tribunal de instancia los daños que declaró probados, y que traían su causa en la no ejecución íntegra de las obras de ampliación contratadas y abonadas por el actor, en el incumplimiento por parte de la demandada de su obligación de contratar el seguro, y haberle generado su conducta gastos notariales.

Poniendo en relación lo suplicado en la demanda y lo resuelto en la sentencia se comprueba, que fue estimada íntegramente la petición articulada bajo el apartado d) por importe de 3.606'06 euros, y estimó en parte las peticiones identificadas bajo las letras a) y e) tras declarar probado que había habido un incumplimiento consistente en no haber concluido las obras de ampliación que cuantificó en el cincuenta por ciento de lo pedido al no haber acreditado en forma el actor el importe total que imputaba como no ejecutado y su valor, y otro que había generado el gasto notarial único que declaraba probado y cuya cuantía fijó en 199'36 euros importe del acta de requerimiento notarial.

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