SAP Granada 177/2007, 20 de Abril de 2007

PonenteJOSE MARIA JIMENEZ BURKHARDT
ECLIES:APGR:2007:490
Número de Recurso584/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución177/2007
Fecha de Resolución20 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 3ª

SENTENCIA N Ú M. 177

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. JOSE REQUENA PAREDES

MAGISTRADOS

D. ANTONIO GALLO ERENA

D. JOSÉ Mª JIMÉNEZ BURKHARDT

En la Ciudad de Granada, a veinte de abril de dos mil siete.

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial constituida con los Iltmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo nº 584/06- los autos de JUICIO VERBAL nº 573/05 (MONITORIO 468/05), del Juzgado de Primera Instancia nº 2 MOTRIL (GRANADA) , seguidos en virtud de demanda SERVICIO DE ENSEÑANZA PROFESIONAL DE ANDALUCIA SLL (SEPA) de contra Marí Luz .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, por el mencionado Juzgado se dictó resolución en fecha 10 de abril de 2006 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que DESESTIMANDO la solicitud inicial de procedimiento monitorio deducida por el Procurador JESÚS AGUADO HERNÁNEZ, en nombre y representación de SERVICIO DE ENSEÑANZA PROFESIONAL DE ANDALUCIA S.L. y ESTIMANDO LA CAUSA DE OPOSICIÓN ALEGA, por la demandada Marí Luz , representada en el presente procedimiento por el Procurador Sr. MORALES RODRÍGUEZ, debo de declarar la nulidad de la cláusula i) del contrato suscrito entre ambas partes en fecha 5 de Octubre de 2004 y en consecuencia, debo DE ABSOLVER como ABSUELVO a la inicialmente demandada de los pedimentos deducidos contra la misma, y todo ello con expresa condena en costas a la parte actora de las ocasionadas a la parte demandada por la tramitación delpresente procedimiento."

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la representación del SERVICIO DE ENSEÑANZA PROFESIONAL DE ANDALUCIA S.L., al que se opuso la parte contraria; una vez elevadas las actuaciones a este Tribunal se siguió el trámite prescrito y se señaló día para la votación y fallo, con arreglo al orden establecido para estas apelaciones.

TERCERO

Que, por este Tribunal se han observado las formalidades legales en ésta alzada.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ Mª JIMÉNEZ BURKHARDT.

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El argumento inicial del recurso de apelación se centra en la imposibilidad de admitir como abusiva una cláusula (la i ) del contrato) que debe ir inserta obligatoriamente en los contratos celebrados fuera de los establecimientos mercantiles, pues el art 5 de la Ley 26/1991, de...

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