SAP Madrid 103/2006, 14 de Marzo de 2006

PonenteJESUS MARIA RICARDO SERRANO SAEZ
ECLIES:APM:2006:3683
Número de Recurso582/2004
Número de Resolución103/2006
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 12ª

JESUS MARIA RICARDO SERRANO SAEZRAMON RUIZ JIMENEZJOSE MARIA CELEMIN PORRERO

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 12 BIS

MADRID

SENTENCIA: 00103/2006

SECCIÓN 12 BIS

Rollo: RECURSO DE APELACION 582/2004

PROCEDENCIA: JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. 2 DE MOSTOLES

JUICIO ORDINARIO NUM. 871/03

DEMANDANTE/APELANTE: GESTIONES INMOBILIARIAS SONYCES S.L.

DEMANDADO/APELADO: Dª Melisa y D. Gaspar

PONENTE ILMO SR. D. JESUS MARIA SERRANO SAEZ

SENTENCIA NUM. 103

Ilmos. Sres. Magistrados:

RAMON RUIZ JIMENEZ

JESUS MARIA SERRANO SAEZ

JOSE MARIA CELEMIN PORRERO

En MADRID, a catorce de marzo de dos mil seis.

La Sección 12 BIS de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID, ha visto en grado de apelación, los autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 871/2003 del JDO. 1A.INSTANCIA N. 2 de MOSTOLES seguido entre partes, de una como apelante GESTIONES INMOBILIARIAS SONYCES, S.L., y de otra, como apelado D. Gaspar y DOÑA Melisa, sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. 1A.INSTANCIA N. 2 de MOSTOLES, por el mismo se dictó sentencia con fecha 12 de abril de 2004 , cuya parte dispositiva dice: "Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Martínez de Lecea en nombre y representación de GESTIONES INMOBILIARIAS SONYCES S.L. contra Melisa y Gaspar debo condenar y condeno a Melisa y Gaspar a que abonen de forma conjunta y solidaria a la actora la cantidad de 5.500 euros así como la cantidad de 900 euros con los intereses legales respecto a ésta última cantidad desde la fecha de interposición de la demanda; debiendo cada parte abonar las costas causadas a su instancia y abonándose las comunes por mitad.". Notificada dicha resolución a las partes, por GESTIONES INMOBILIARIAS SONYCES, S.L. se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que se opone. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 20 de diciembre de 2005, en que ha tenido lugar lo acordado.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JESUS MARIA SERRANO SAEZ.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La mercantil demandante ejercita en la demanda rectora una acción personal a fin de obtener un pronunciamiento judicial en virtud del cual se condene solidariamente a los demandados al cumplimiento íntegro del contrato de compraventa suscrito por las partes el 13 de Mayo de 2.003 y a otorgar y suscribir la escritura de compraventa de la finca transmitida en las condiciones y términos establecidos en el contrato de compraventa cuyo cumplimiento se reclama, abonándose el precio de la compraventa previa deducción de lo entregado en concepto de señal, en el momento del otorgamiento de la escritura de compraventa y subsidiariamente, y para el caso de que se considere que los actuales propietarios por escritura pública mantengan una posición inatacable en cuanto a la propiedad de la finca y el fallo solicitado fuera de...

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