SAP Madrid 241/2018, 20 de Abril de 2018

PonentePEDRO MARIA GOMEZ SANCHEZ
ECLIES:APM:2018:11484
Número de Recurso624/2016
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución241/2018
Fecha de Resolución20 de Abril de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 28ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Vigesimoctava

C/ Gral. Martínez Campos, 27, Planta 1 - 28010

Tfno.: 914931988

37007740

N.I.G.: 28.079.00.2-2014/0133865

Recurso de Apelación 624/2016

O. Judicial Origen: Juzgado de lo Mercantil nº 02 de Madrid

Autos de Procedimiento Ordinario 691/2014

APELANTE: CENTRO ESPAÑOL DE DERECHOS REPROGRAFICOS, CEDRO

Procuradora Dña. Sara Martínez Rodríguez

Letrada Dª María Malmierca Lorenzo

APELADO: PRINTING DELUXE S.L.U.

Procuradora Dña. gloria Arias Aranda

Letrado D. Mariano España Lucas

S E N T E N C I A nº 241/2018

ILMOS. SRS. MAGISTRADOS

D.GREGORIO PLAZA GONZÁLEZ

D. ALBERTO ARRIBAS HERNÁNDEZ

D. PEDRO MARÍA GÓMEZ SÁNCHEZ (ponente)

En Madrid, a 20 de abril de 2016.

La Sección Vigésimo Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en materia mercantil, integrada por los Ilustrísimos Señores Don GREGORIO PLAZA GONZÁLEZ, Don ALBERTO ARRIBAS HERNÁNDEZ y Don PEDRO MARÍA GÓMEZ SÁNCHEZ, ha visto el recurso de apelación bajo el número de Rollo 624/16 interpuesto contra la Sentencia de fecha 08/03/2016 dictada en el procedimiento ordinario número 691/14 seguido ante el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid .

Han sido partes en el recurso, como apelante, la demandante, siendo apelada la parte demandada, ambas representadas y defendidas por los profesionales más arriba especificados.

Es magistrado ponente Don PEDRO MARÍA GÓMEZ SÁNCHEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Las actuaciones procesales se iniciaron mediante demanda presentada con fecha 16/09/2014 por la representación de CENTRO ESPAÑOL DE DERECHOS REPROGRAFICOS, CEDRO contra PRINTING DELUXE S.L.U., en la que, tras exponer los hechos que estimaba de interés y alegar los fundamentos jurídicos que consideraba apoyaban su pretensión, suplicaba:

"Que, teniendo por presentado este escrito con los documentos adjuntos y sus copias, se sirva admitirlo, tener por interpuesta DEMANDA DE JUICIO ORDINARIO, en nombre y representación de la entidad "Centro Español de Derechos Reprográficos" (CEDRO), contra PRINTING DELUXE S.L.U., con CIF B86642519, domicilio social en Arroyomolinos (28939 Madrid) calle Francisco de Quevedo y Villegas n° 19 y establecimiento comercial abierto al público con rótulo EL DEMONIO ROJO, en Móstoles (28937 Madrid) calle Baleares (Esq. Empecinado), 37, sobre infracción de derechos de propiedad intelectual y reclamación de indemnización de daños y perjuicios por reproducción ilícita de obras, emplazándola en la persona de su legal representante para que la conteste, si a su derecho conviniere; acordar el recibimiento del procedimiento a prueba que desde ahora se solicita, y tras la ulterior sustanciación legal dictar sentencia, estimando íntegramente la demanda, con los siguientes pronunciamientos:

Declarar que la demandada ha llevado a cabo una actuación merecedora de ser calificada como de reproducción ilícita de obras impresas o reprografía ilegal vulneradora de derechos de propiedad intelectual al reproducir mediante fotocopia, en su integridad, obras impresas protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual excediendo él límite autorizado mediante licencia de reproducción concedida por CEDRO.

Condenar a la demandada a cesar en la actividad ilícita de reproducción o fotocopiado de obras protegidas por la legislación sobre propiedad intelectual.

Condenar a la demandada a indemnizar a CEDRO en concepto de daños y perjuicios infracción de derechos de propiedad intelectual, por la realización de reproducciones íntegras de obras durante el periodo de comisión de la actividad de reprografía ilícita en la cantidad de SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES EUROS CON SESENTA Y CUATRO CÉNTIMOS DE EURO (6.373,64€) más los gastos de investigación abonados por CEDRO por importe de DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS (242€).

D) Condenar a la demandada al pago de las costas de esta litis.

SEGUNDO

Tras seguirse el juicio por los trámites correspondientes, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid dictó sentencia con fecha 08/03/2016 cuyo fallo es del siguiente tenor:

"ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta en nombre y representación de CENTRO ESPAÑOL DE DERECHOS REPROGRÁFICOS ("CEDRO") frente a la mercantil PRINTING DELUXE S.L.U,

DEBO DECLARAR Y DECLARO que se ha llevado a cabo por PRINTING DELUXE S.L.U. una actuación calificable como reproducción ilícita de obras impresas o reprografía ilegal vulneradora de derechos de propiedad intelectual.

DEBO CONDENAR Y CONDENO a PRINTING DELUXE S.L.U. a cesar en la actividad ilícita de reproducción o fotocopiado de obras protegidas por la legislación sobre propiedad intelectual, con prohibición de reanudarla en tanto no cuente con la pertinente licencia de reproducción que le ampare.

DEBO CONDENAR Y CONDENO a PRINTING DELUXE S.L.U. a indemnizar a la parte actora en la cantidad de

2.366,5 euros, cantidad que incluye los gastos de investigación.

No se hace expresa imposición de costas."

Notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la representación de la demandante se interpuso recurso de apelación que, admitido por el Juzgado y tramitado en legal forma,...

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