SAP Murcia 301/2007, 30 de Noviembre de 2007
Ponente | FERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ |
ECLI | ES:APMU:2007:2530 |
Número de Recurso | 289/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 301/2007 |
Fecha de Resolución | 30 de Noviembre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
MURCIA
SENTENCIA: 00301/2007
Rollo núm. 289/07
Apelación Civil.
SENTENCIA Nº /2007
ILTMOS. SEÑORES
D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ
Presidente
D. FERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
D. CAYETANO BLASCO RAMÓN
Magistrados
En la ciudad de Murcia, a treinta de noviembre de dos mil siete.
Habiendo visto en grado de apelación la SECCION TERCERA de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio sobre Arrendamiento Rústico nº 226/2005, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Yecla nº Uno, entre las partes: como actora María Virtudes, representada por el Procurador Sr/a. López Sánchez y defendida por el Letrado Sr/a. Ortuño Muñoz, y como demandada Jose Luis, representada por el Procurador Sr/a. Alonso Martínez y defendida por el Letrado Sr/a. Yago Ortiz.
En esta alzada actúa como apelante Jose Luis, y como apelada María Virtudes. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don FERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ, que expresa la convicción del Tribunal.
ANTECEDENTES DE HECHO
El Juzgado de instancia citado, con fecha 16 de marzo de 2007, dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "Fallo: Debo estimar y estimo parcialmente la demanda formulada por Doña María Virtudes, representada por la procuradora Sra. mariona López Sánchez y asistida del letrado Sr. Felipe Ortuño Muñoz, contra don Jose Luis, representado por el procurador Sr. Fernando Alonso Martínez y asistido del Letrado Sr. José Yago Ortiz, declarando convertido el contrato de fecha 24 de abril de 2001 en contrato de arrendamiento rúsitco ordinario con fijación de una renta a pagar por el arrendatario de 250 euros (doscientos cincuenta euros) lo que se declara con desestimación de los restantes aspectos del suplico de la actora (apartados 1.-, 2.- y 3.-) y sin efectuar especial pronunciamiento en materia de costas".*."
Contra la anterior sentencia en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por Jose Luis basándolo en síntesis en que se ampliara la duración del contrato de arrendamiento.
Admitido a trámite el recurso se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia.
Por el Juzgado se remitieron los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo 289/2007 por la Sección Tercera; por medio del correspondiente proveído se acordó traer los autos a la vista para dictar sentencia, señalándose para la celebración de la deliberación y fallo el día 30 de noviembre de noviembre de 2.007.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Dictada sentencia estimando en parte la demanda formulada por María Virtudes contra Jose Luis, éste pretende la revocación parcial de la misma fin de que se declare prorrogado el contrato de arrendamiento rústico ordinario y en su consecuencia quede sin contenido el añadido recogido en el auto aclaratorio en el que se establece que dicho contrato sólo lo es...
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