SAP Madrid 292/2007, 14 de Mayo de 2007
Ponente | JUAN VICENTE GUTIERREZ SANCHEZ |
ECLI | ES:APM:2007:4765 |
Número de Recurso | 26/2006 |
Número de Resolución | 292/2007 |
Fecha de Resolución | 14 de Mayo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 20
MADRID
SENTENCIA: 00292/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN 20ª
SENTENCIA Nº
Rollo: RECURSO DE APELACION 26 /2006
Ilmos. Sres. Magistrados:
JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ
RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON
JOSÉ MARIA SALCEDO GENER
En MADRID, a catorce de mayo de dos mil siete.
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 864/2004, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 49 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 26/2006, en los que aparece como parte apelante Carlos, representado por la procuradora Dª MARIA DOLORES GIRON ARJONILLA, y como apelado Juan Alberto representado por la procuradora Dª SILVIA ALBITE ESPINOSA, sobre reclamación de cantidad, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 49 de Madrid, en fecha 30 de marzo de 2.005, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMO la demanda interpuesta por Dª SILVIA ALBITE ESPINOSA en nombre y representación de D. Juan Alberto contra D. Carlos y, en su virtud, declaro resuelto el contrato de arrendamiento del piso NUM000, de la casa nº NUM001 de la calle RONDA000, de esta capital, condenando al demandado D. Carlos a pasar por esta declaración y a desalojar dicho piso en el plazo legal, apercibiéndole de lanzamiento si así no lo hiciere, y con expresa imposición de las de este procedimiento.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la apelada, que presentó escrito oponiéndose al recurso formulado de contrario. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para la deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.
El propietario de una vivienda solicita en el presente procedimiento la resolución del contrato de arrendamiento ejercitando la acción regulada en artículo 62.1 de la ley de arrendamientos urbanos de 1964 alegando necesitar la vivienda para que la ocupe un hijo del arrendador en la que pretende instalar su vivienda y un despacho profesional destinado a consulta médica.
La sentencia de primera instancia estima la demanda inicial declarando resuelto el contrato de arrendamiento que vincula a las partes y frente a dicha resolución la parte demandada interpuso el presente recurso de apelación en base a las siguientes y en resumidas alegaciones:
La sentencia infringe el artículo 64 de la ley de arrendamientos urbanos y jurisprudencia que le interpreta al no haber analizado suficientemente los hechos referidos a la existencia de otros tres pisos propiedad del arrendador en el mismo inmueble cuyos contratos son más modernos que el ocupado por el demandado, así como a la...
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