SAP Jaén 159/2007, 21 de Junio de 2007

PonentePIO JOSE AGUIRRE ZAMORANO
ECLIES:APJ:2007:850
Número de Recurso193/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución159/2007
Fecha de Resolución21 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 159

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. Pío Aguirre Zamorano

MAGISTRADOS

Dª. Mª Esperanza Pérez Espino

Dª. Mª Jesús Jurado Cabrera

En la Ciudad de Jaén a, veintiuno de Junio de dos mil siete.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de Oposición Resolución Administrativa de Acogimiento, seguidos en primera instancia con el nº 865 del año 2005, por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Jaén, rollo de apelación de esta Audiencia nº 193 del año 2007, a instancia de Dª. Clara y D. Rosendo, representados en la instancia por los Procuradores Sra. Rodríguez Pastor y Sra. Illescas de la Torre, respectivamente, y defendidos por los Letrados Sr. López Herrera y Sra. Lechuga Sutil, respectivamente, contra la Delegación Provincial de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social, defendida por el Letrado de los Servicios Jurídicos de la Junta de Andalucia, y contra el Ministerio Fiscal.

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Jaén, con fecha 7 de Febrero de 2007.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando parcialmente las demandas de oposición planteadas por Clara y Rosendo, y denegando la constitución de acogimiento familiar permanente solicitado por la Junta de Andalucía, procede acceder a la constitución del ACOGIMIENTO FAMILIAR SIMPLE de Fátima a favor de los abuelos maternos, debiendo de ampliarse el régimen de visitas con carácter inmediato a favor de los padres biológicos y realizarse un seguimiento pormenorizado de la situación de los mismos a los efectos de reinsertar a la menor bajo la custodia de la madre, fijando un régimen de visitas para el padre.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó e interpuso por la Delegación de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Jaén, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso en lo que se expondrá en los fundamentos de derecho de esta resolución.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito impugnándolo por ser la sentencia ajustada a derecho, remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Pío Aguirre Zamorano.

ACEPTANDO los fundamentos de derecho de la resolución impugnada mientras no se opongan a los siguientes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La sentencia impugnada estima la oposición planteada por los actores contra la declaración de desamparo acordada por la Delegación Provincial de la Consejería de Igualdad y Bienestar social pero...

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