Conclusiones generales

AutorDavid Martínez Zorrilla
Páginas373-378
CAPÍTULO V
CONCLUSIONES GENERALES
Tras la Segunda Guerra Mundial, y de forma más acusada en las
últimas décadas, los textos constitucionales han cambiado considera-
blemente, incorporando importantes contenidos sustantivos que han
dado lugar a profundos cambios en la práctica jurídica y en el modelo
de sistema jurídico. Si tradicionalmente las constituciones habían teni-
do un contenido básicamente institucional y procedimental, limitándo-
se a diseñar la estructura jurídico-política básica del Estado, con la
incorporación expresa de aspectos sustantivos como derechos, princi-
pios, valores o bienes constitucionales, juntamente con el reconoci-
miento de la constitución como «auténtica» norma jurídica vinculante
y superior al resto del ordenamiento, se ha variado nuestra percepción
del derecho y se ha dado entrada a un nuevo conjunto de cuestiones y
problemas antes inexistentes y que reclaman un adecuado tratamiento
teórico, puesto que ya no es posible dar adecuada cuenta de ellos con el
instrumental y las teorías pensadas para los sistemas jurídicos más pro-
pios del siglo XIX y la primera mitad del XX.
A pesar de que, innegablemente, resulta muy positivo que se reco-
nozcan y protejan ciertos derechos que afectan a cuestiones básicas de
los individuos, o que el Estado se comprometa con la consecución de
ciertos fines que redundan en una sociedad «mejor» o «más justa», la
incorporación de estos aspectos sustantivos en el elemento más impor-
tante del ordenamiento ha acarreado también ciertos problemas y difi-
cultades. Gran parte de los contenidos sustantivos constitucionales se
expresan en un lenguaje muy genérico y con una importante carga
emotiva, cuando no hacen referencia directa a conceptos del ámbito

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