SAP León 77/2008, 22 de Abril de 2008
Ponente | MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO |
ECLI | ES:APLE:2008:298 |
Número de Recurso | 432/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 77/2008 |
Fecha de Resolución | 22 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - León, Sección 2ª |
SENTENCIA NUM. 77/08
Iltmos. Sres.:
D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.- Presidente
D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.- Magistrado
D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.- Magistrado
En León, a veintidós de abril de dos mil ocho.
VISTOS, ante el Tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil arriba indicado, en el
que ha sido parte apelante Dª. Lourdes, representada por la Procuradora Dª. Soledad Taranilla
Fernández y asistida por el Letrado D. Santiago Fuertes Juan y apelada D. Simón, representado por la
Procuradora Dª. Susana Belinchón García y asistido por la Letrada Dª. Raquel Cordero Puente, actuando como Ponente para
este trámite el Ilmo. Sr. D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.
Por el Juzgado expresado al margen, se dictó sentencia en los referidos autos con fecha 3 de septiembre de 2007 cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: QUE ESTIMANDO LA DEMANDA formulada por don Simón debo declarar y declaro que la Finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Astorga, Tomo NUM000, Libro NUM001 del Ayuntamiento de Val de San Lorenzo, FolioNUM002, Finca Registral nº NUM003 descrita en el hecho primero de la demanda rectora, y en particular, el terreno que se describe existente por la derecha entrando pertenece al pleno dominio del actor, y debo condenar y condeno a doña Lourdes a estar y pasar por dicha declaración y a reintegrar y consentir tal reintegro al actor en la posesión y pleno disfrute de la citada Finca, con expresa imposición de costas a la demandada".
Contra la relacionada sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada y dado traslado a las demás partes personadas ante el Juzgado, por la demandante se presentó escrito de oposición al mismo, remitiéndose las actuaciones a esta Sección y señalándose para la fecha de deliberación el día 2 de abril de 2008.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, si bien ha experimentado un retraso a causa de la huelga de funcionarios de la Admón. de Justicia iniciada el 4 de febrero y concluida el 7 de abril del año en curso.
Se ejercitan en el escrito de demanda por parte del actor don Simón, dos tipos de acciones, declarativa y reivindicatoria, incardinándose ambas en lo dispuesto por el artículo 348 del Código Civil, exigiéndose en las dos que el demandante acredite el título de propiedad, y la identidad de la finca, así como su coincidencia con el título en cuestión, si bien la reivindicatoria lleva consigo una pretensión de condena al demandado para que restituya lo indebidamente poseído.
El actor es propietario por título de compraventa en escritura pública de fecha 24 de agosto de 1.991, de una casa en la localidad de Val de San Lorenzo, sita en la calle de Valdespino, con referencia...
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