SAP Barcelona 173/2006, 10 de Marzo de 2006

PonenteMARIA DEL CARMEN MUÑOZ JUNCOSA
ECLIES:APB:2006:2278
Número de Recurso342/2005
Número de Resolución173/2006
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

JOSE MARIA BACHS ESTANY MARIA DEL CARMEN MUÑOZ JUNCOSA FRANCISCO HERRANDO MILLAN

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOPRIMERA

ROLLO Nº 342-2005

VERBAL núm. 419-2002

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 4 de CERDANYOLA DEL VALLÉS

S E N T E N C I A N ú m. 173

Ilmos. Sres.

D./Dª. JOSEP Mª BACHS ESTANY

D./Dª. CARMEN MUÑOZ JUNCOSA

D./Dª. FRANCISCO HERRANDO MILLÁN

En la ciudad de Barcelona, a diez de marzo de dos mil seis.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosegunda de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Verbal nº 419-2002, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Cerdanyola del Vallés , a instancia de D/Dª. Juan Pablo , contra D/Dª. Antonieta ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 18 de junio de 2003, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Albalate en representación de Dª. Carmen , debo condenar y condeno a la demandada Dª. Antonieta a pagar a Dª. Carmen , la suma de 1914'21 euros, más los intereses legales y con expresa imposición de costas."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 1 de Febrero de 2006, salvo el plazo para dictar sentencia.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. CARMEN MUÑOZ JUNCOSA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Motiva su recurso el apelante en las siguientes alegaciones: a) Errónea valoración de la prueba, b) Falta de ejercicio del derecho de opción en el plazo fijado.

SEGUNDO

La actora formula demanda alegando que suscribió con la demandada un documento mediante el cual esta le reservaba la venta de un piso de su propiedaa y para hacer efectiva la reserva entregó a la demandada 300 euros, acordando ambas el otorgamiento de la escritura publica de compraventa el 17 de junio de 2003, pero en esa fecha ,señala la actora, el empleado de Caixa de Tarrassa que le gestionaba la hipoteca, le comunicó que no habían concluido las tasaciones de la finca que iba a adquirir y para la que se pedia la hipoteca,por lo que se señaló el día 19 del mismo mes para la firma, sin embargo, alega la actora, la escritura no se efectuo porque la demandada finalmente le comunicó que no deseaba vender. Reclama la actora, el importe de los gastos que le ocasionó la negativa de la demandada a la formalización de la operación de compraventa, siendo estos los siguientes: 300 euros por la reserva, 480 euros por la tasación de la finca de la demandada para la concesión de la hipoteca, y de la suya propia que había sido puesta en venta, y 1134'21 euros por unos muebles encargados para su colocación en el piso, según los croquis que del mismo le había facilitado la...

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