Compraventa. Identificación mediante el permiso de conducir

Resumen: El permiso de conducir español original es un documento válido para identificar a las personas, españolas o extranjeras, porque es un documento oficial que tiene esa finalidad identificativa, y contiene fotografía y firma de su titular.

Hechos: Se otorga una escritura por un extranjero residente, que se identifica por un permiso de conducción español, en el que aparece su N.I.E.

El registrador suspende su inscripción porque considera que el permiso de conducir no es un documento válido para identificar a extranjeros residentes en España, conforme al artículo 161 RN.

El notario autorizante recurre y alega que el permiso de conducir español es un medio válido para identificar a las personas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 de la Ley del Notariado. Añade que existen otras normas que admiten la validez identificativa del permiso de conducción: en el ámbito electoral, en el Reglamento de Registro Mercantil, en la normativa sobre servicios postales y en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo siempre que estén expedidos por una autoridad gubernamental siempre que gocen de las adecuadas garantías de autenticidad e incorporen fotografía del titular

La DG estima el recurso

Doctrina: El permiso de conducir español es un documento válido para identificar a las personas, españolas o extranjeras, porque es un documento oficial, que ha de aportarse en original, y tiene fotografía y firma.

La...

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