SAP Murcia 17/2008, 15 de Enero de 2008
Ponente | JUAN MARTINEZ PEREZ |
ECLI | ES:APMU:2008:62 |
Número de Recurso | 234/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 17/2008 |
Fecha de Resolución | 15 de Enero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
MURCIA
SENTENCIA: 00017/2008
Rollo núm. 234/07
Apelación Civil.
SENTENCIA NÚM. 17/2.008
Ilmos. Señores:
D. CARLOS MORENO MILLAN
Presidente
D. JUAN MARTINEZ PEREZ
D. FRANCISCO CARRILLO VINADER
Magistrados
En la Ciudad de Murcia a quince de enero de dos mil ocho.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Molina de Segura, con el núm. 817/05, entre las partes: como actor en primera instancia y apelante en esta alzada, D. Salvador, en primera instancia representado por el Procurador D. José Iborra Ibáñez y en esta alzada por la Procuradora Dña. Inmaculada de Alba y Vega, siendo defendido en ambas instancias por el Letrado D. Juan Navarro Capel; y como demandado en primera instancia y apelando en esta alzada, la mercantil "Prop, S.A.", en primera instancia representado por el Procurador D. Octavio Fernández Moya y en esta alzada por el Procurador D. Santiago Sánchez Aldeguer, siendo defendido en ambas instancias por el Letrado D. Juan Torrano Ruiz.
Ha sido Ponente de esta Sentencia, el Ilmo. Sr. Magistrado, D. JUAN MARTINEZ PEREZ, que expresa la convicción del Tribunal.
Que el Juzgado de instancia citado, con fecha 20 de Diciembre de 2006, dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: DESESTIMO la demanda interpuesta por D. Salvador contra la mercantil "PROP S.A.", y debo efectuar los siguientes pronunciamientos:
-
Absolver a la demandada "PROP S.A." de todos los pedimentos deducidos en su contra en la demanda.
-
Imponer al actor, D. Salvador, las costas procesales generadas."
Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por el Procurador D. José Iborra Ibáñez, en nombre y representación de la parte actora, D. Salvador, siéndole admitido, presentando ambas partes escrito de oposición al recurso formulado de contrario, siendo emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, formándose el presente rollo, designándose Magistrado Ponente por turno, personándose la parte actora y la demandada y señalándose Deliberación y Votación para el día quince de enero de 2.008.
Que en la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Que en el recurso de apelación interpuesto en nombre de D. Salvador se pretende que se revoque la sentencia de instancia, dictándose en su lugar otra por la que se estime la demanda, en la que se pretende la condena a la entidad demandada, PROP S.A. a transmitir la propiedad de la parcela NUM000, finca registral nº NUM001, en base a un contrato verbal de compraventa celebrado en el año 2003. Como base del recurso se refiere un contrato verbal de las parcelas NUM002 y NUM000, los pagos efectuados, el otorgamiento de la escritura pública de la parcela NUM002 en fecha 24 de septiembre de 2003, el recibo de ésta fecha; se hacen alegaciones en relación con las argumentaciones de la defensa de la mercantil demandada; en que existió una verdadera compraventa sobre la cosa y el precio, con concierto de voluntades, indicando que ésta afirmación se desprende de la propia realidad de las pruebas practicadas.
La sentencia de instancia desestima la demanda con base en que no se ha acreditado el contrato verbal de compraventa en relación con la parcela NUM000 al no existir acuerdo entre las partes litigantes en cuanto a la venta de la parcela ni determinación del precio,...
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