SAP Álava 193/2003, 16 de Septiembre de 2003

PonenteJESUS ALFONSO PONCELA GARCIA
ECLIES:APVI:2003:321
Número de Recurso197/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución193/2003
Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Álava, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 193/03

En el recurso de apelación civil Rollo de Sala 197/03, Autos de Juicio de Menor Cuantía nº 53/01, procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Vitoria, promovido por SP

21 ASOCIADOS, S.L. dirigido por el Letrado D. Mikel Cardeña Conde y representado por el Procurador D. Miguel Ángel Echávarri Martínez, frente a la sentencia dictada en fecha 05.05.03, siendo apelada GABANI, S.L. dirigido por el Letrado D. Francisco Javier Berisa Villamayor y representado por la Procuradora Dª Olatz García Rodrígo. Siendo Ponente el Ilmo.Sr. Magistrado D. Jesús Alfonso Poncela García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la mencionada fecha se dictó por el Juzgado de procedencia sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Que estimando como estimo parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora Sra. García, en nombre y representación de la mercantil Gabani S.L., contra la mercantil SP 21 Asociados S.L., representada en autos por el procurador Sr. Echávarri, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 60.101'21 euros, con el interés del art. 921 LEC 1881.

Asimismo, desestimando como desestimo la demanda reconvencional planteada por SP 21 Asociados S.L. contra Gabani S.L., debo absolver y absuelvo a la reconvenida de los pedimentos contra ella dirigidos.

No se hace especial pronunciamiento en materia de costas".

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de SP 21 Asociados, S.L., alegando los motivos que se examinarán en los fundamentos siguientes, recurso que se tuvo por interpuesto mediante providencia de 17.06.03, dando traslado a las partes por diez días para alegaciones. En fecha 01.07.03 fue presentado por la Procuradora Sra. García Rodrigo escrito oponiéndose al recurso interpuesto, por proveído de 03.07.03, fueron elevados los autos a esta Audiencia, previo cumplimiento de los trámites legalmente previstos.

TERCERO

Recibidos los autos en la Secretaría de esta Audiencia, en fecha 14.07.03 se formó el Rollo, registrándose y turnándose la ponencia. En la misma fecha se dictó Auto de abstención del presente procedimiento el Magistrado D. Jesús María Medrano Durán, llamando a formar Sala al Iltmo. Sr. Magistrado de la Sección Primera D. Iñigo Elizburu Aguirre. Por proveido de fecha 30.07.03 se señaló para deliberación, votación y fallo de la presente causa, el día 10.09.03.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Las presentes actuaciones traen causa de los conflictos surgidos entre los litigantes en el cumplimiento de dos contratos que les vincularon, un arrendamiento de obra por el que Gabani, S.L. acometió la rehabilitación de un edificio a encargo de la promotora SP 21 Asociados, S.L., y la compraventa de un inmueble del mismo edificio en la que aquélla asumió la condición de compradora y ésta la de vendedora. A la demanda de la constructora siguió la reconvención de la promotora, y la sentencia de instancia estima parcialmente las peticiones de Gabani, S.L. y rechaza íntegramente la pretensión reconvencional de SP 21 Asociados, S.L. El recurso de la promotora combate tres pronunciamientos de la sentencia de primer grado, relativos a la resolución del contrato de compraventa y aplicación de la clausula penal pactada para caso de incumplimiento de la compradora; a la eficacia de cosa juzgada de la sentencia dictada en juicio ejecutivo habido entre las mismas partes sobre la solicitud de declaración de que SP 21 Asociados, S.L. ha abonado a Gabani, S.L. el precio total del contrato de obra; y a la procedencia de valorar al respecto las facturas por obras de reparación y el exceso en el pago de I.V.A. que la actora repercutía sobre la demandada en sus certificaciones de obra. En el orden expuesto, que es el del recurso, serán tratados los tres motivos de la apelación.

SEGUNDO

Gabani, S.L. había entregado diez millones de pesetas a cuenta del pago del precio dela compraventa, y transcurrido el término que los contratantes se dieron para consumar el negocio, la vendedora envió un requerimiento notarial a la compradora para que se personara en una determinada notaría a firmar la escritura pública y abonar el resto del precio, bajo apercibimiento de que, caso contrario, daría por resuelto el...

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