SAP Alicante 247/2003, 12 de Mayo de 2003

JurisdicciónEspaña
Número de resolución247/2003
Fecha12 Mayo 2003

Rollo de apelación nº 660-C/2002.-Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de Denia.

Procedimiento Juicio de Menor Cuantía nº 453/2000.-SENTENCIA Nº 247/03

Iltmos Srs.

Don Francisco Javier Prieto Lozano.

Don José Ceva Sebastiá.

Don José María Rives Seva.

En la Ciudad de Alicante a doce de mayo del año dos mil tres

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de esta Ciudad de Alicante, integrada por los Iltmos. Srs expresados al margen ha visto, en grado de apelación, Rollo de la Sala nº 660-C/02 los autos de juicio de menor cuantía nº 453/00 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de la ciudad de Denia en virtud del recurso de apelación entablado por la parte demandada entidad VALENCIA LIFE.S. L. que ha intervenido en esta alzada en su condición de recurrente, representada por la Procuradora Don Ana Isabel Feliu Daviu y defendido por el Letrado Don Bernardo Capó Giner y siendo apelado la parte demandante entidad SIGNO GRÁFICO, S. L. representada por el Procurador Don Miguel Llobell Perles y defendida por el Letrado Don Antonio Rodriguez de Sola.

ANTECEDENTES DE HECHOS.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de la Ciudad de Denia y en los autos de Juicio de Menor Cuantía nº 453/00 en fecha 17 de mayo de 2002 se dictó sentencia cuya parte dispositivo es del tenor literal siguiente: "FALLO.- Que estimando íntegramente la demanda presentada por el Procurador Sr. Llobell Perles en nombre y representación de Signo Gráfico, SL., frente a Valencia Life, SL. representada por el Procurador Sra. Feliu Daviu, debo condenar y condeno a la parte demandada al pago a la actora de la suma de 2.7.7.731.- ptas (16.273,79 Euros), con intereses legales desde el día 1 de febrero de 2001, y costas causadas.- Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días para ante la Iltma. Audiencia Provincial".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma por la representación de la parte demandada siendo tramitado conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con traslado del mismo a la parte demandante por término de diez días, remitiéndose las actuaciones seguidamente a esta Iltmo. Audiencia Provincial, Sección Sexto, donde se formó el correspondiente rollo de apelación nº 660- C/02.

TERCERO

En la sustanciación de esta causa se han observado todos las prescripciones legales,señalándose para votación y fallo el día 22 de abril de 2.003 y siendo ponente el Iltmo. Sr. Don José María Rives Seva.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Siguiendo los contestaciones ofrecidas por el legal representante de la entidad demandada Valencia Life, SL., Don Luis Pablo , a las posiciones 1 a 4 de la prueba de confesión judicial articulado por la entidad demandante Signo Gráfico, SL., observamos claramente el origen y desenlace de las relaciones habidas entre ellas, teniendo en cuenta que las contestaciones a estas preguntas fueron totalmente positivas, y así, la entidad Valencia Life, SL. encargo a Signo Gráfico, S. L. los trabajos de encuadernación de la revista nº 10 que con el mismo nombre edita, que dichos trabajos le fueron entregados durante la segunda quincena de septiembre de 1999, en número de 16.000 ejemplares, por precio de 3.707.731.- pts y que entregó a cuenta 1.000.000.- pts siendo fácilmente deducible que el importe de la reclamación que hace la segunda a la primera y en este procedimiento lo es por la...

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