Evolucion Legislativa de las competencias del Alcalde, de la Comision de Gobierno y del Ayuntamiento Pleno.. .

AutorJuan Ortega Cirugeda

La vigencia, en pocos años, de tres leyes con distinta regulación en esta materia es causa de dudas y errores, como el contenido en la Compilación sobre Régimen Local, publicada por el BOE en enero pasado, en la que se recoge como vigente el artículo 4 de la Ley 7/1997, a propósito del contenido del artículo 22.2.c) de la Ley de Bases del Régimen Local.

Se hace necesario examinar, en forma sucesiva, el contenido de la legislación que ha estado y está vigente, ya analizada y recogida en forma de cuadros, haciendo referencia al número de los preceptos, pero sin transcribirlos, para evitar la sensación de mareo que su lectura conjunta produce.

I. NORMATIVA ANTERIOR

1. LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DEL REGIMEN LOCAL

  1. COMPETENCIAS DEL ALCALDE

    No se le atribuye ninguna competencia en materia de aprobación de instrumentos de planeamiento y gestión urbanística.

  2. COMPETENCIAS DEL PLENO

    1. Instrumentos de gestión

      Le corresponde la competencia municipal para la aprobación de los instrumentos de gestión urbanística, por mayoría simple, artículos 22.2.c) y 47.1.i), a contrario, LBRL.

    2. Instrumentos de planeamiento

      Le corresponde la competencia municipal para la aprobación de los planes y demás instrumentos de ordenación urbanística, por mayoría absoluta, artículos 22.2.c) y 47.3.i) LBRL.

      1. REAL DECRETO-LEY 5/1996, DE 7 DE JUNIO, Y LEY 7/1997, DE 14 DE ABRIL, DE MEDIDAS LIBERALIZADORAS EN MATERIA DE SUELO, ARTICULO CUARTO

  3. COMPETENCIA DEL ALCALDE

    1. Aprobación inicial de los instrumentos de gestión urbanística y de los Proyectos de Urbanización, artículo 21.1.m) LBRL.

    2. Aprobación inicial de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general, artículo 21.1.m) LBRL.

    3. Aprobación provisional de los instrumentos de desarrollo del planeamiento general, si es necesaria, cuando la aprobación definitiva sea competencia municipal, artículo 21.1.m) LBRL.

  4. COMPETENCIAS DEL PLENO

    1. Aprobación definitiva de los instrumentos de gestión urbanística y de los Proyectos de Urbanización, por mayoría simple, artículos 22.2.c) y 47.3.1), a contrario, LBRL.

    2. Aprobación final, a nivel municipal, de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general, por mayoría absoluta, artículos 22.2.c) y 47.3.i) LBRL.

    3. Todas las aprobaciones municipales del planeamiento general, por mayoría absoluta, artículos 22.2.c) y 47.3.i) LBRL.

    II. NORMATIVA VIGENTE

    Ley 11/1999, de 21 de abril, de modificación de la...

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