STSJ Cataluña 488/2008, 4 de Junio de 2008

PonenteALICIA ESTHER ORTUÑO RODRIGUEZ
ECLIES:TSJCAT:2008:7453
Número de Recurso408/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución488/2008
Fecha de Resolución 4 de Junio de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION QUINTA

Recurso nº 408/2005

SENTENCIA Nº 488/2008

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS/AS:

DON ALBERTO ANDRÉS PEREIRA

DON JOSÉ MANUEL DE SOLER BIGAS

DOÑA ALICIA ESTHER ORTUÑO RODRÍGUEZ

En la ciudad de Barcelona, a cuatro de junio de dos mil ocho.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION QUINTA), ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contencioso-administrativo número 408/2005, interpuesto por DON Jorge Y DON Juan María, miembros de DIRECCION000, COMUNIDAD DE BIENES, representados por el Procurador DON JAUME MOYA MATAS y dirigidos por la Letrada DOÑA LOURDES APARICIO I GARCÍA, contra la ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALIDAD, representada y dirigida por el Señor/a LETRADO/A DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA. Es Ponente la Ilma. Sra. DOÑA ALICIA ESTHER ORTUÑO RODRÍGUEZ, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la actora se interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución, de 14 de junio de 2005, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Pesca.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto en la Ley reguladora de esta Jurisdicción. La actora dedujo demanda en la que tras relacionar los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicables, terminaba suplicando que se dictara sentencia revocando la resolución recurrida por no ajustarse a Derecho.

TERCERO

La Administración demandada, en su escrito de contestación a la demanda, solicitó la desestimación del recurso.

CUARTO

Se prosiguió el trámite correspondiente, y se señaló para votación y fallo.

QUINTO

En la sustanciación de este de este pleito se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente proceso la resolución, de 27 de julio de 2005, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Pesca, que desestima el recurso de alzada formulado contra la resolución, de 4 de octubre de 2004, que acuerda denegar la ayuda destinada a la concesión de indemnizaciones compensatorias a los agricultores en determinadas zonas desfavorecidas para la campaña 2004/2005 (recolección 2004) solicitada por DIRECCION000 COMUNIDAD DE BIENES por no cumplir los requisitos de los beneficiarios.

SEGUNDO

Una adecuada resolución de las cuestiones suscitadas en el presente recurso contencioso-administrativo exige examinar en primer lugar, siguiendo un orden lógico, la causa de inadmisibilidad alegada por la Administración demandada de falta de legitimación de Don Jorge y Don Juan María, al amparo del artículo 69 b) en relación con el 19.1 a) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, al no haber intervenido en absoluto en la tramitación del expediente administrativo. Entiende la defensa de la Administración de la Generalidad que las citadas personas físicas ni siquiera acreditan los efectos que una hipotética sentencia estimatoria les produciría a su favor, pues el derecho a la percepción de la ayuda nos les beneficia de manera efectiva, ni relevante, ni suficiente para tener legitimación. En definitiva, no ostentan titularidad de derecho o interés legítimo que puedan invocar como lesionados por el acto objeto del recurso, y les falta el interés personal porque no obtendrán ningún beneficio valorable como legítimo en el caso de prosperar la acción ejercitada.

TERCERO

No es posible compartir este alegato en la forma en que ha sido planteado ya que tanto Don Jorge y Don Juan...

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