La cláusula de conciencia

AutorLluís de Carreras Serra
Cargo del AutorLicenciado en Derecho
Páginas315-327
© Editorial UOC 315 Capítulo XXIII . La cláusula de conciencia
Capítulo XXIII
La cláusula de conciencia
1. Los derechos instrumentales de protección profesional
El artículo 20.1.d) CE, después de reconocer el derecho a comunicar o recibir
información, añade: “La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al
secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.” El emplazamiento de la
cláusula de conciencia y del secreto profesional de los periodistas como derecho
fundamental reconocido en la CE es importante porque permite reclamar su
protección (art. 53.2 CE):
ante los tribunales ordinarios, basándose en el principio de aplicación •
direc ta de la Constitución, y posteriormente,
ante el Tribunal Constitucional, a través del recurso de amparo.•
No obstante, en buena técnica jurídica es discutible la inclusión de estos de-
rechos dentro del título “Derechos fudamentales” de la CE, puesto que la cláu-
sula de conciencia y el secreto profesional, más que derechos substantivos, son
instrumentos de protección del derecho a informar.
El periodista reclama la aplicación de la cláusula de conciencia cuando tiene
que defender su libertad ideológica frente a la empresa titular del medio de co-
municación. El secreto profesional se puede invocar tanto frente a la empresa,
como ante la Administración o el poder judicial. En cualquier caso, el derecho
substantivo que se protege no es un privilegio de los periodistas, sino la libertad
de información. Los derechos estudiados son meros instrumentos jurídicos de
garantía del libre ejercicio de la profesión periodística. La protección constitu-
cional de estos derechos tiene, pues, como finalidad última la formación de la
opinión pública libre, elemento determinante de la pluralidad en nuestro Esta-
do Social y Democrático de Derecho.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR