SAP Murcia 236/2007, 26 de Octubre de 2007
Ponente | JAIME GIMENEZ LLAMAS |
ECLI | ES:APMU:2007:2320 |
Número de Recurso | 34/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 236/2007 |
Fecha de Resolución | 26 de Octubre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
MURCIA
SENTENCIA: 00236/2007
S E N T E N C I A
Nº 236/07.
Ilmos. Sres.
D. Carlos Moreno Millán
Presidente
D. Juan Antonio Jover Coy
D. Jaime Giménez Llamas
Magistrados
En la ciudad de Murcia, a veintiséis de octubre del año dos mil siete.
Vistos por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio verbal, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº Dos de Totana y seguidos ante el mismo con el nº 228/05, Rollo nº 34/07, en los que figura como demandante don Adolfo representado por el Procurador Sr. Gallego Iglesias y defendido por el Letrado Sr. Muelas Cerezuela y como demandada la mercantil MET Murcia S.L." representados por la Procuradora Sra. Navas Carrillo y defendidos por el Letrado Sr. Ruiz Palacios; los cuales penden ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de fecha 4 de septiembre de 2.006, dictada por el referido Juzgado, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Jaime Giménez Llamas, que expresa el parecer de la Sala.
La expresada resolución contiene el siguiente: "FALLO: DESESTIMAR la demanda formulada por la representación procesal de DON Adolfo, contra la mercantil MET MURCIA S.L., absolviendo a la parte demandada de las pretensiones deducidas en su contra, con expresa imposición de las costas causadas en esta instancia a la parte actora".
Contra la misma se preparó e interpuso por escrito, en tiempo y forma, por la parte actora, recurso de apelación, con alegación de los motivos en que basaba la impugnación, el cual fue admitido a trámite, dándose traslado del referido recurso a las demás partes a fin de que pudieran oponerse al mismo o impugnar a su vez la resolución apelada en lo que les resultara desfavorable.
Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Cuarta donde se registraron con el número 34/07 de Rollo. Tras personarse las partes, por providencia del día 9 de julio de 2.007, se señaló el día 18 de octubre de 2.007, para la votación y fallo de la causa, que ha sido sometida a deliberación de la Sala.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Por la parte demandante se pretende que se revoque la sentencia dictada en primera instancia y que, en su lugar, se dicte otra por la que se estime la demanda, en la que se ejercita la acción de responsabilidad extracontractual del artículo 1.902 del C. Civil, basada en el hecho de que, cuando el actor conducía su vehículo, sobre las 22,00 horas del día 14 de julio de 2.004, por la carretera de la Vía Nueva, dirección Totana, se encontró de improviso una valla que cruzaba la calzada sin señalización alguna, colisionando con ella, saliéndose de la calzada y chocando con un árbol, por lo que...
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