STSJ Comunidad Valenciana 556/2006, 24 de Marzo de 2006

PonenteMARIA DESAMPARADOS IRUELA JIMENEZ
ECLIES:TSJCV:2006:1534
Número de Recurso1198/2003/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución556/2006
Fecha de Resolución24 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD

VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

En la Ciudad de Valencia, a veinticuatro de marzo de dos mil seis.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Srs. D. JOSÉ BELLMONT MORA, Presidente, D. MIGUEL ANGEL OLARTE MADERO y Dña. DESAMPARADOS IRUELA JIMÉNEZ, Magistrados, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NÚM: 556/06

En el recurso contencioso administrativo núm. 1198/2003, interpuesto por FERROVIAL AGROMÁN S.A., representada por el Procurador D. Onofre Marmaneu Laguía, frente a la desestimación presunta por el Ayuntamiento de Benidorm de la reclamación de intereses de demora instada por dicha mercantil por retraso en el pago de las certificaciones nº 1 a 15 de la obra denominada "Automatización de Paso a Nivel en la Avda. de Beniardá".

Ha sido parte en autos como Administración demandada el AYUNTAMIENTO DE BENIDORM, representado por la Procuradora Dña. Celia Sin Sánchez; siendo Magistrada Ponente Dña. DESAMPARADOS IRUELA JIMÉNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que solicitó se dictase sentencia por la que, declarando no ajustada a Derecho la resolución desestimatoria presunta dictada por el Ilmo. Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Benidorm, se declarase procedente el derecho de aquélla al reconocimiento y cobro de los intereses de demora por retraso en el pago de las certificaciones de obra y, en consecuencia, se condenase a la Administración demandada a su abono, con condena al abono de los intereses legales de la cantidad líquida reclamada y costas de este procedimiento.

SEGUNDO

La Administración demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia desestimatoria del recurso y, subsidiariamente, se declarase procedente el derecho al cobro de intereses de demora por la parte actora sobre el importe calculado y razonado en el documento nº 2 anexo al escrito de contestación a la demanda, de 77.440,69 €.

TERCERO

No habiéndose acordado el recibimiento del proceso a prueba, y practicado el trámite de conclusiones, se declaró el pleito concluso, señalándose día para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló para la votación el día siete de marzo de dos mil seis.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La actora, Ferrovial Agromán S.A., deduce el presente recurso, según ha sido expuesto, frente a la desestimación presunta por el Ayuntamiento de Benidorm de la reclamación de intereses de demora instada por dicha mercantil por retraso en el pago de las certificaciones nº 1 a 15 de la obra denominada "Automatización de Paso a Nivel en la Avda. de Beniardá".

SEGUNDO

Solicita la demandante que se condene al Ayuntamiento demandado al pago de los intereses de demora por retraso en el pago de las mencionadas certificaciones de obra de conformidad con la nota de cálculo que adjunta con el escrito de demanda, alegando, en apoyo de su pretensión, que dicho Ayuntamiento expidió tales certificaciones una...

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