Las características principales de nuestro proceso penal vigente: sin rumbo definido ni identidad propia

AutorJuan-Luis Gómez Colomer
Páginas123-151
— 123 —
LAS CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE NUESTRO
PROCESO PENAL VIGENTE:
SIN RUMBO DEFINIDO NI IDENTIDAD PROPIA
J-L G C
Catedrático de Derecho Procesal
Universidad Jaume I de Castellón, España.
SUMARIO: 1. Introducción. 2. El magma que nos sostiene. 3. El viraje hacia lo
absurdo en materia de fines. 4. Los principios inamovibles, salvo que
convenga moverlos. 5. El proceso penal irreal. 6. Más Estado: El rele-
vante aumento del intervencionismo público en la investigación del
crimen. 7. ¿Hay solución?. Bibliografía.
Esta modesta contribución en el merecido homenaje al Magistrado Perfecto
ANDRÉS IBÁÑEZ, un sólido defensor del garantismo judicial, pretende motivar
una reflexión sobre el rumbo actual del proceso penal, no sólo español, si es que
lo tiene, así como sobre la falta de criterio propio a la hora de innovar soluciones
ingeniosas frente a los graves problemas que debe resolver, siempre más pendiente
de lo que se hace en el extranjero. Para ello, me baso en cuatro cuestiones muy
preocupantes, con las que pretendo demostrar ese caminar sin norte: 1ª) Fines del
proceso penal que no son fines; 2ª) Principios del proceso penal ineludibles que se
eluden; 3ª) Delito y proceso, dos caminos diferentes; y 4ª) Intervencionismo públi-
co difícilmente controlable.
Éste quiere ser desde luego un escrito original, en el sentido de no haber sido
publicado en ningún otro lugar, pero no es novedoso, porque hace tiempo que
le estoy dando muchas vueltas a la idea de que el pragmatismo puede acabar, si
no espabilamos, con el dogma en nuestro proceso penal, y creo que eso no es ni
siquiera bueno incluso cuando pueda resultar en determinados casos más que
evidente que deba imponerse una solución práctica para llegar a la cosa juzgada 1.
1. INTRODUCCIÓN
Un atento observador de la realidad que se haya formado en el Derecho
Procesal del último tercio del siglo XX, y que conozca bien los países más importan-
1 Mis dos últimas publicaciones sobre el tema: GÓMEZ COLOMER, 2016, pp. 1449 y ss.;
idem, 2017, pp. 1 y ss.
124 J-L G C
tes jurídicamente desde el punto de vista procesal penal para España hoy (Alemania,
Italia, Estados Unidos, Inglaterra, Francia y Portugal), tiene forzosamente que estar
preocupado frente a los derroteros que el proceso penal, diríamos clásico, es decir,
el acusatorio mixto o formal de origen francés, está tomando desde hace unos años
en España, pero no sólo en nuestro país.
No voy a referirme a cuestiones ya demasiado manidas: Logros, fracasos, ver-
dades, engaños, intuiciones y realidades en el proceso penal 2. No, no quiero hablar
hoy de eso, es demasiado claro o demasiado local como para merecer ahora la pena
entrar en ello. Decir que el proceso penal está fracasando por falta de interés públi-
co en la Justicia penal, lo que conlleva infradotaciones personales y materiales, es ya
una queja clásica, cierta, pero sin solución aparente mientras el Poder Político no
cambie sus actuales valores, por lo que es una aportación vacua de cara a un mejor
proceso penal en el sentido que queremos abordar en este escrito.
Creo honradamente que la ineficacia (los objetivos y resultados previstos no
han sido alcanzados) e ineficiencia (los medios legales puestos a disposición no han
servido para alcanzar los fines ideados) del proceso penal español hoy vigente, así
como la incapacidad de aprobar una nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, no son
sólo debidas a razones coyunturales o políticas. Influye sobre todo un factor que no
se suele afrontar como es debido y que altera la percepción, a saber, que no sabemos
exactamente qué hacer para mejorar nuestro proceso penal. Estamos confundidos.
Los dos proyectos que se han elaborado por completo en los últimos diez años,
el del PSOE cuando gobernaba, y el del PP en idéntica situación, ambos fracasados,
no sabemos si habrían respondido bien a la cuestión central de si realmente ha-
brían servido para poner a nuestra Justicia Penal, no a la altura del siglo XXI, que
eso es una frase muy ligera de contenido, sino a la altura de lo que los españoles
exigimos, que es algo muy distinto 3. Creo que no habrían aprovechado, porque no
representaban una evolución propia del proceso penal español hacia un modelo
mucho mejor en calidad jurídica, sino que más bien eran una concreción del sis-
2 Ya lo ha hecho clarísimamente DE LA OLIVA SANTOS, 1988, pp. 46 a 54.
3 El Gobierno socialista español aprobó en Consejo de Ministros el día 22 de julio de 2011
el proyecto de una nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal basada en el sistema acusatorio (adver-
sarial). Un acto por cierto puramente testimonial porque el texto de referencia ni siquiera pudo
superar el trámite parlamentario inicial al haberse disuelto las cámaras el día 27 de septiembre
de 2011, por adelanto de las elecciones al día 20 de noviembre de 2011. Se publicó en forma
de libro: MINISTERIO DE JUSTICIA, 2011, pp. 19 y ss. Por su parte, como la necesidad de or-
ganizar un nuevo sistema de enjuiciamiento criminal y, por tanto, de aprobar una nueva Ley de
Enjuiciamiento Criminal seguía entonces y sigue siendo ahora también insoslayable e imperiosa,
el Gobierno del Partido Popular redactó también su Propuesta de Texto Articulado de un nuevo Código
Procesal Penal, de febrero de 2013, en la que se recogió un texto orientado igualmente hacia el
sistema adversarial, modernizando su regulación. Este proyecto se puede consultar todavía en la si-
guiente página web del Ministerio de Justicia de España: http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/
es/1215198252237/ALegislativa_P/1288775964668/Detalle.htm. Pero tampoco pudo ser aproba-
do al ganar el Partido Socialista la moción de censura el día 1 de junio de 2018. Ahora lo que
pretende el PSOE es refundir ambos anteproyectos y sacar una propuesta común. No obstante,
tanto antes como ahora persisten las enormes críticas que esos textos han recibido por parte de los
sectores operadores de la Justicia implicados por dicha reforma, básicamente de jueces y fiscales.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR