Las garantías de la prueba como fuente de legitimación de la jurisdicción

AutorLuigi Ferrajoli
Páginas81-96
— 81 —
LAS GARANTÍAS DE LA PRUEBA COMO FUENTE DE
LEGITIMACIÓN DE LA JURISDICCIÓN*
L F
Catedrático de la Universidad de Roma, Italia
SUMARIO: 1. La verdad en el derecho. Las fuentes de legitimación de la jurisdic-
ción y la separación de poderes. 2. La modernidad jurídica. 2.1. Un
primer cambio de paradigma: el principio de legalidad y la sujeción
de los jueces a la ley. 2.2. Un segundo cambio de paradigma: de la
prueba legal en el proceso inquisitorio a la prueba moderna en el
proceso acusatorio. 3. El distanciamiento entre el modelo garantis-
ta de la prueba y la práctica efectiva. 3.1. Las garantías penales y la
propuesta de reserva de código como sistema unitario de ley. 3.2. Las
garantías procesales y el principio de falsabilidad de la acusación. 4. El
peligro inquisitivo actual: la petición de principio. La ética del juicio.
Bibliografía.
1. LA VERDAD EN EL DERECHO. LAS FUENTES DE LEGITIMACIÓN
DE LA JURISDICCIÓN Y LA SEPARACIÓN DE PODERES
Una preocupación clave en la reflexión y en la obra de Perfecto ANDRÉS
IBÁÑEZ ha sido siempre la que gira en torno a la prueba y a la verdad fáctica, por lo
general una problemática desatendida en la literatura jurídica, y aún en menor me-
dida discutida desde la otra dimensión de la verdad procesal, es decir, desde la ver-
dad jurídica y la interpretación 1. No obstante, el tema de la prueba no sólo reviste
naturaleza jurídica, específicamente, de derecho procesal; constituye una cuestión
epistemológica, quizá la más relevante de la ciencia jurídica, así como de la filosofía
política: es un asunto central, precisamente, de la teoría del Estado de derecho y de
la democracia constitucional.
Para comprender las razones de la trascendencia del problema de la prueba,
y, en general, de la verdad, tanto en la teoría del proceso judicial como en la del
* Traducción de Esther Pomares Cintas, Profª Titular de Derecho penal. Título original: Le
garanzie della prova come fonti di legittimazione della giurisdizione.
1 Cabe mencionar, entre otras, las obras de P. ANDRÉS IBÁÑEZ, Justicia penal, derechos y
garantías, Lima-Bogotá, 2007, capítulos IV y V; Id., En torno a la jurisdicción, Buenos Aires, 2007; Id.,
Prueba y convicción judicial en el proceso penal, Buenos Aires, 2009; Id., Tercero en discordia. Jurisdicción y
juez del Estado constitucional, Madrid, 2015.
82 L F
Estado de derecho y de la democracia constitucional, es preciso partir de un pun-
to elemental: el proceso es la única actividad jurídica cuya fuente de legitimación
reside en la “verdad”, cualquiera que sea el significado que asociemos al término
“verdadero” y los criterios por los cuales aceptemos o rechacemos una tesis como
“verdadera”. A diferencia de cualquier otra actividad jurídica, la jurisdiccional, en
un Estado de derecho, es de índole cognoscitiva, y, al mismo tiempo, práctica y pres-
criptiva; es decir, es una actividad preceptiva que se fundamenta en una motivación
en todo, o en parte, cognoscitiva. En cambio, las leyes, los reglamentos, las disposi-
ciones o decisiones administrativas y los contratos privados, son actos preceptivos, ni
verdaderos ni falsos, cuya validez jurídica se hace depender únicamente del respeto
de las normas procedimentales que informan su producción y cuya legitimación
política deriva, no de una “verdad”, cualquiera que sea, sino, en el caso de los actos
o disposiciones públicas, de su vinculación a la consecución de los intereses genera-
les, y en el caso de los actos privados, de la libre autonomía de las partes en la conse-
cución de sus intereses personales.
Las sentencias, sin embargo, son las únicas decisiones cuya validez jurídica, jus-
ticia o legitimación política, dependen de la verdad, más concretamente, de la ver-
dad de su motivación. Digamos, por ejemplo, que una sentencia penal es, no solo
jurídicamente válida, sino también, y, ante todo, moral y políticamente justa, si y
solo si es cierto que el condenado ha cometido el hecho que se le imputa; de lo con-
trario, sería inválida e injusta. Podríamos subrayar la naturaleza cognoscitiva de la
jurisdicción, en contraste con cualquier otra actividad jurídico-normativa, afirman-
do que aquella consiste siempre, esencialmente, en la constatación de una violación
de la ley a través de un acto inválido o un acto ilícito, esto es, en la aplicación o la
afirmación de la ley infringida –en la “juris-dicción”, precisamente– vinculada no
solo a la forma, sino también en lo que concierne al contenido de lo que la ley esta-
blece. No habrá jurisdicción, por lo tanto, cuando para la comprobación y la aplica-
ción de la ley no se recurra a lo judicialmente constatado. Como tampoco existirá
política o administración si falta discrecionalidad, es decir, actos cuyo contenido no
esté predeterminado, pero que están obligados a cumplir la ley, y no a su aplicación
sustantiva.
Pues bien, la naturaleza tendencialmente cognoscitiva de la jurisdicción es la
garantía principal, en materia penal, del específico derecho fundamental referido
a la inmunidad de la persona no culpable frente a una condena arbitraria. Es, ade-
más, en el Estado de derecho, el principal fundamento teórico de la separación de
poderes y de la independencia del poder judicial. Porque una actividad cognosci-
tiva como lo es la jurisdiccional, pese a comportar inevitablemente márgenes en la
toma de decisiones, no puede, por principio, someterse a imperativos que no sean
los inherentes a la comprobación o investigación de la verdad. Así, el cumplimien-
to de directrices políticas, o el consenso político de la mayoría de los electores, no
convierten en verdadero lo que es falso ni falso lo que es verdad. En consecuencia,
el principio de autoridad –también si la autoridad es “democrática”, representativa
de la mayoría o incluso de la unanimidad de los ciudadanos– no puede servir jamás
de fuente de legitimación de la actividad jurisdiccional: “Cuando siento la mano
del poder que me aprieta el cuello”, escribió TOCQUEVILLE, “poco me importa

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR