SAP Barcelona 309/2004, 25 de Mayo de 2004

PonenteANTONIO LOPEZ-CARRASCO MORALES
ECLIES:APB:2004:6741
Número de Recurso76/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución309/2004
Fecha de Resolución25 de Mayo de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 12ª

SENTENCIA N ú m. 309/04

Ilmos. Sres.

D. JUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTÓN

D. ANTONIO LÓPEZ CARRASCO MORALES

Dª. ANA JESUS FERNANDEZ SAN MIGUEL

En la ciudad de Barcelona, a veinticinco de mayo de dos mil cuatro.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Duodécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Modificación medidas supuesto contencioso, número 479/1999 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 3 Martorell, a instancia de D/Dª. David , contra D/Dª. María Antonieta ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 18 de julio de 2003, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: debo estimar y estimo íntegramente LA DEMANDA FORMULADA POR D. David contra Dª. María Antonieta , y en su consecuencia, DEBO DECLARAR que la medida establecida en sentencia de divorcio de 30 de marzo de 1998, dictada por esta Juzgado en autos nº 194/96, y en sentencia recaída en Rollo de Apelación nº 804/98-B, dictada el día 15 de abril de 1999 por la Sección 12ª, de la Audiencia Provincial de Barcelona, relativa a la atribución de uso de la vivienda familiar a favor de Dª María Antonieta QUEDA EXTINGUIDA. No se hace expresa condena en costas.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria ; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial .

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 29 de abril de 2004.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. ANTONIO LÓPEZ CARRASCO MORALES.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la sentencia apelada.

Se inadmiten los Fundamentos de Derecho Segundo, Tercero y Cuarto de la sentencia apelada, sustituidos por los de la presente sentencia.

PRIMERO

En escrito de recurso de la demandada de procedimiento de modificación de efectos de divorcio, la Sra. María Antonieta estimó no ser ajustada a Derecho la sentencia que declara extinguido el uso a la vivienda que fue familiar, sita en C/. DIRECCION000 nº NUM000 de Sant Andreu de la Barca, concedida en separación y en el divorcio, ya que entendía ser la más necesitada de protección según las disposiciones legales del C. Civil, y Código de Familia de la Generalitat de Catalunya en razón a su edad de 55 años, no tener trabajo ni ingresos propios, (solo una pensión mínima 52.000.-ptas (312,53 Euros), por lo que solicitó de la Sala revocar la sentencia de 18 Julio 2003 por otra que desestimase la demanda, con costas al actor. A tal petición se opuso el Sr. David , en escrito de 21 noviembre 2003, que insistió en su demanda, y en confirmación de la sentencia.

SEGUNDO

Es de observar, por las pruebas practicadas en el presente procedimiento, no pueden acogerse las razones de la sentencia apelada en Fundamentos Segundo y Tercero para basar el pronunciamiento estimatorio de la demanda, por cuanto el transcurso de un tiempo de nueve años de la concesión del derecho no es por si suficiente para declarar la extinción del uso de la vivienda; tampoco lo es que la Sra. María Antonieta perciba pensión o subsidio de desempleo (prestación que,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Guipúzcoa 180/2010, 28 de Junio de 2010
    • España
    • 28 Junio 2010
    ...afectan ni contravienen ese orden público ( SAP Madrid Secc. 19ª de 16 de febrero 2004 ; AP Burgos S.17 de junio de 2004 ; SAP Barcelona 25 de mayo de 2004 ; SAP Albacete de 10 de marzo de 2005 El concepto de orden público como han declarado las sentencias de la AP Madrid de 23 noviembre de......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR