El asociacionismo en el comercio minorista en la Comunidad Autónoma de Madrid: el sector alimentación

AutorÁngel Fernández Nogales
CargoDr. en Ciencias Económicas y Empresariales, Profesor del Departamento de Investigación Comercial, Universidad Autónoma de Madrid
Páginas72-84

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I Introducción

El objetivo principal de este trabajo es analizar las distintas formas de vinculación del comercio minorista en nuestro país, centrándose principalmente en el sector de alimentación y en el área de la Comunidad Autónoma de Madrid 1.

Para ello, ha sido necesario recoger información de numerosas fuentes, tanto secundarias (trabajos y estudios anteriores, artículos y otras publicaciones) como primarias (investigaciones de mercado a detallistas, asociaciones y demás colectivos implicados). Estas fuentes presentan diversos inconvenientes que dificultan su utilización para el análisis. La escasez de estudios sobre el tema, la fiabilidad de sus resultados, la negativa de los colectivos implicados a facilitar información, la costumbre de los mismos a generalizar y a ofrecer una imagen errónea y las características propias del asociacionismo en nuestro país son algunos de los problemas que influyen negativamente en la obtención de información.

En este trabajo se ha tratado de realizar un análisis {solventando algunos de los problemas anteriormente expuestos) de los principales tipos de vinculación existentes en el comercio minorista desde el punto de vista formal y desde el punto de vista del poder de integración, centrándose principalmente en el sector de alimentación que es un área del comercio minorista que recoge de forma significativa todos los aspectos a tratar.

II La problemática del asociacionismo
1. Introducción

El asociacionismo es una de las manifestaciones del cambio en las estructuras de comercio tradicional que se ha venido produciendo en nuestro país en los últimos años. Los minoristas y las empresas distribuidoras, actuando individualmente, se encuentran cada vez más indefensos frente a una serie de factores tales como la crisis económica, la creciente presión fiscal, la inseguridad ciudadana, el descenso de la demanda, la competencia desleal y la irrupción en el mercado español de las grandes superficies. Para hacer frente a estos problemas surgen las distintas formas de asociacionismo en el comercio minorista.

El término «asociacionismo» se viene utilizando para describir las múltiples formas de vinculación adoptadas por minoristas individuales o por empresas de distribución que persiguen la consecución de objetivos muy variados y diferentes entre sí.

2. Tipos de vinculación Criterios de análisis

Las formas de vinculación más usuales dentro del comercio minorista son las siguientes:

- Agrupación de compras.

- Cooperativas de detallistas.

- Cadena voluntaria.

- Cadena franquiciada.

- Cadena de sucursales.

- Asociacionismo representativo.

Esta clasificación está basada en los conceptos de asociación horizontal (entre comerciantes del mismo escalón) y asociación vertical (entre mayoristas y minoristas). Las distintas formas de asociación no son excluyentes, es decir, que una empresa mayorista o minorista determinada puede vincularse a una o varias de estas formas de asociación.

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Estos vínculos presentan unas características y una naturaleza muy diferentes. Para analizarlos se pueden seguir distintos criterios que ofrecen resultados y visiones distintas.

Normalmente las clasificaciones que se presentan atienden a un criterio formal de diferenciación: la naturaleza jurídica del vínculo. El inconveniente principal de la aplicación de este criterio es la obtención de un escaso potencial explicativo, es decir, que la información resultante no es lo suficientemente exhaustiva en ocasiones, en relación a los objetivos de análisis planteados.

Otro criterio que se puede seguir para cualificar los distintos tipos de vinculación, es a través de su potencial de integración sobre las políticas comerciales de los comercios minoristas. Es decir, en qué medida contribuye una vinculación determinada a la unificación de las políticas comerciales de los distintos establecimientos minoristas que toman parte en ella: nivel de precios, campañas publicitarias y promociónales, variedad y surtido de productos, etc. Este criterio trata de proporcionar una visión más significativa y útil para el análisis del sector.

2.1. La naturaleza jurídica del vínculo
2.1.1. Agrupación de compras

Es una agrupación de productores, consumidores2 o comerciantes, generalmente mayoristas, para efectuar sus compras en común, al objeto de conseguir las mejores condiciones de sus proveedores. También existen agrupaciones de comerciantes que tienen como finalidad la compra en común, para obtener mejores precios, sin constituir una razón social. Ejemplos de este tipo de sociedades son SOGECO y MAESA.

2.1.2. Cooperativa de detallistas

Las cooperativas de detallistas son asociaciones de comerciantes que, con objeto básicamente de efectuar sus compras al por mayor en común y de beneficiarse de una serie de servicios que se organizan también en común, adoptan la forma de cooperativa.

El funcionamiento de las cooperativas en nuestro país se regula actualmente por la Ley 52/1974 del 9 de diciembre que presenta los siguientes aspectos a destacar:

  1. La libre adhesión y baja voluntaria de los socios.

  2. La variabilidad del número de socios y del capi tal social a partir de unos mínimos exigidos.

  3. La igualdad de derechos entre todos los socios.

  4. La participación de cada socio en los exceden tes netos que puedan repartirse en concepto de retorno cooperativo.

  5. La educación y promoción sociales y cooperativas.

  6. La posibilidad de señalar estatutariamente el ca rácter solidario o mancomunado de la responsabilidad.

Las cooperativas de detallistas, por tanto, no son asociaciones de comerciantes que supongan la integración total de las distintas empresas minoristas que participan en la misma, ya que los socios cooperativistas que la forman siguen siendo independientes.

La nueva cooperativa que se forma tiene personalidad jurídica independiente para el cumplimiento de sus funciones y está dotada de los medios materiales y del personal necesario para ello (oficinas, almacenes, medios de transporte, etc.). Los distintos comerciantes o detallistas independientes que forman la cooperativa son socios copropietarios de la misma a través de la suscripción del correspondiente título social. Todos los socios tienen los mismos derechos y deberes y se les exige pasar por un examen previo (situación económica, comercial, etc.) antes de la adhesión.

Las cooperativas son sociedades u organizaciones de tipo personal, no de inversión, y por lo tanto los beneficios obtenidos revierten a todos en forma de mejoras inmediatas o mediatas, tanto de los servicios que presta la cooperativa, como en el suministro del surtido y en los precios.

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Además de desarrollar una función típica de mayorista, la cooperativa de detallistas presta habitualmente una serie de servicios a los socios cooperativistas. Esta asistencia técnica consiste principalmente en cursos de formación y perfeccionamiento en distintas materias útiles para el desarrollo comercial de los establecimientos; asesorías fiscal, promocional, etc.; servicios de merchadising, etc.

2.1.3. Cadena voluntaria

Una cadena voluntaria es una agrupación constituida por uno o varios mayoristas en conjunto con sus clientes. Entre los objetivos comunes que se persiguen, se pueden destacar los siguientes:

- Organización y promoción común de las ventas.

- Disminución de los precios de adquisición y de los gastos de distribución.

- Orientación y perfeccionamiento profesional de los detallistas adheridos para conseguir una mejor organización y gestión.

- Tecnificación del punto de venta.

- Ayuda financiera.

Para conseguir estos objetivos, el cadenismo voluntario se basa en los siguientes puntos:

- Utilización de una imagen común en los puntos de venta, así como unas políticas comunes en rela ción a los surtidos, compras, márgenes...

- Creación de unos servicios comunes por parte de la central distribuidora, tales como formación, información...

- Concentración de las compras del detallista en la central distribuidora y aplicación por parte de esta última de condiciones especiales de compra para aquél.

- Especialización del mayorista y del detallista.

Normalmente, en las cadenas voluntarias, entre los mayoristas y los minoristas no existe más vínculo que un contrato que puede ser rescindido en cualquier momento por las partes. La vinculación es muy débil en ocasiones, ya que no existe una obligación total del minorista a aprovisionarse siempre de los mayoristas de la cadena.

Las cadenas voluntarias permiten la total independencia de sus miembros y la conservación de su propia entidad jurídica.

Como principio...

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