SAP Madrid 500/2006, 24 de Julio de 2006
Ponente | PEDRO POZUELO PEREZ |
ECLI | ES:APM:2006:11862 |
Número de Recurso | 343/2006 |
Número de Resolución | 500/2006 |
Fecha de Resolución | 24 de Julio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
MARIA GUADALUPE JESUS SANCHEZ PEDRO POZUELO PEREZ JESUS CELESTINO RUEDA LOPEZ
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18
MADRID
SENTENCIA: 00500/2006
Rollo: RECURSO DE APELACION 343 /2006
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1279 /2005
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 54 de MADRID
PONENTE: SR. PEDRO POZUELO PÉREZ
APELANTE: COSAFRA, S.L.
PROCURADOR: MANUEL FRANCISCO ORTIZ DE APODACA GARCIA
APELADO: Luis Pablo
PROCURADOR: CRISTINA PALMA MARTINEZ
En MADRID, a veinticuatro de julio de dos mil seis
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ
ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre resolución contrato arrendamiento, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 54 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante-demandante Cosafra, S.L., representada por el Sr. Ortiz de Apodaca, y de otra, como apelado-demandado D. Luis Pablo, representado por la Sra. Palma Martínez, seguidos por el trámite del Juicio Ordinario.
Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. PEDRO POZUELO PÉREZ.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 54 de Madrid, en fecha 30 de Enero de 2006, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimo la demanda presentada por el Procurador Don Manuel Francisco Ortiz de Apodaca Garcia en nombre y representación de la Entidad Cosafra S.L, contra Don Luis Pablo, representado por la Procuradora Doña Cristina Palma Martínez, y debo de ABSOLVER Y ABSUELVO de la demanda a Don Luis Pablo, y de todos sus pedimentos, todo ello sin hacer expresa imposición de costas a la parte demandante".
Por la parte actora se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 20 de Julio de 2006.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Que contra la sentencia dictada en las presentes actuaciones por el Juzgador de instancia se interpone el presente recurso de apelación. Los hechos son claro y sobre ello no existe discusión y se contrae a que la sociedad demandante propietarios del inmueble sito en la CALLE000 nº NUM000 solicita la resolución del contrato que existia con el inquilino y demandado amparandose en la causa de denegación de prorroga prevista en el nº5 del art 62 de la L.A.U. en su texto de 1.964 es decir cuando el inquilino en un plazo de seis meses inmediatamente anteriores a la...
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