SAP Madrid 500/2006, 24 de Julio de 2006

PonentePEDRO POZUELO PEREZ
ECLIES:APM:2006:11862
Número de Recurso343/2006
Número de Resolución500/2006
Fecha de Resolución24 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª

MARIA GUADALUPE JESUS SANCHEZ PEDRO POZUELO PEREZ JESUS CELESTINO RUEDA LOPEZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18

MADRID

SENTENCIA: 00500/2006

Rollo: RECURSO DE APELACION 343 /2006

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1279 /2005

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 54 de MADRID

PONENTE: SR. PEDRO POZUELO PÉREZ

APELANTE: COSAFRA, S.L.

PROCURADOR: MANUEL FRANCISCO ORTIZ DE APODACA GARCIA

APELADO: Luis Pablo

PROCURADOR: CRISTINA PALMA MARTINEZ

En MADRID, a veinticuatro de julio de dos mil seis

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ

ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ

ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre resolución contrato arrendamiento, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 54 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante-demandante Cosafra, S.L., representada por el Sr. Ortiz de Apodaca, y de otra, como apelado-demandado D. Luis Pablo, representado por la Sra. Palma Martínez, seguidos por el trámite del Juicio Ordinario.

Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. PEDRO POZUELO PÉREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 54 de Madrid, en fecha 30 de Enero de 2006, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimo la demanda presentada por el Procurador Don Manuel Francisco Ortiz de Apodaca Garcia en nombre y representación de la Entidad Cosafra S.L, contra Don Luis Pablo, representado por la Procuradora Doña Cristina Palma Martínez, y debo de ABSOLVER Y ABSUELVO de la demanda a Don Luis Pablo, y de todos sus pedimentos, todo ello sin hacer expresa imposición de costas a la parte demandante".

SEGUNDO

Por la parte actora se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 20 de Julio de 2006.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que contra la sentencia dictada en las presentes actuaciones por el Juzgador de instancia se interpone el presente recurso de apelación. Los hechos son claro y sobre ello no existe discusión y se contrae a que la sociedad demandante propietarios del inmueble sito en la CALLE000 nº NUM000 solicita la resolución del contrato que existia con el inquilino y demandado amparandose en la causa de denegación de prorroga prevista en el nº5 del art 62 de la L.A.U. en su texto de 1.964 es decir cuando el inquilino en un plazo de seis meses inmediatamente anteriores a la...

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